Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 27/10/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Decreto 170/2017, de 24 de octubre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de monumento, el Antiguo Monasterio de San Jerónimo en Baza (Granada).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma, en defensa del interés general, ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo, a su vez, el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo.

Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción y establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, es el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería competente en materia de Patrimonio Histórico la competencia en la formulación. seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

II. El Monasterio de San Jerónimo, en Baza, jugó desde su fundación en los primeros años del siglo XVI, a partir de 1502, un importante papel en diferentes aspectos de la historia y del urbanismo bastetano. Su implantación se relaciona de forma directa con la oligarquía de la ciudad a través de sus comitentes, la familia Enríquez, y de otros personajes destacados de la época, de modo que rápidamente adquirió un importante patrimonio gracias a las donaciones de todos ellos en forma de tierras, inmuebles, censos, ganados, etc., llegando a convertirse en uno de los principales propietarios de la comarca bastetana.

Respecto a la escala urbana, el conjunto de la iglesia y demás dependencias del monasterio llegaron a adquirir enormes dimensiones en comparación con el abigarrado callejero de la antigua ciudad musulmana recién conquistada. El monasterio pasó a representar el nuevo poder religioso de la ciudad y se convirtió tras la conquista cristiana en el hito más significativo de la urbanística bastetana a extramuros de la medina musulmana, dando origen a nuevos viales como la propia carrera de Palacio, que comunicaba estas implantaciones con el antiguo caserío medieval.

San Jerónimo fue una pieza clave en la Baza de la Edad Moderna, entre los siglos XVI al XVIII, hasta su decadencia en el XIX, iniciada con la ocupación de los franceses durante la Guerra de la Independencia, que convirtieron la iglesia y dependencias monacales en caballerizas y acuartelamiento de sus tropas.

Iniciado su declive, siguió un proceso similar al de tantos otros conventos e iglesias en todo el país. Tras las desamortizaciones eclesiásticas del siglo XIX, la iglesia siguió abierta al culto de forma intermitente hasta la Guerra Civil, pero el resto de sus dependencias fueron transformadas en viviendas, almacenes y espacios fabriles, perdiendo paulatinamente su pujanza y fisonomía anteriores, pese a lo cual, el monasterio sigue teniendo una fuerte presencia en la ciudad y en el imaginario colectivo.

En nuestros días, aún se conservan destacados elementos del antiguo monasterio, como la iglesia y algunas partes de las dependencias monacales, ocupadas actualmente por una vivienda privada; en las zonas dedicadas a actividades industriales destaca la fábrica de harinas instalada en el primer tercio del siglo XX, perfectamente conservada, la cual constituye en sí misma otro elemento patrimonial de valor. Hay que añadir la zona dedicada a lagar, bodega y almazara, situada en el extremo sureste del recinto, además de un potente muro de sillares, que debió separar en su tiempo las edificaciones del monasterio de su huerta, junto al que discurre el Caz Mayor, principal conducción de agua hacia el interior de la ciudad desde la época musulmana.

En el caso de la iglesia, sus dimensiones y valores arquitectónicos, su fábrica y los numerosos restos de pinturas murales conservados bajo los encalados posteriores, la convierten en el segundo templo en importancia patrimonial de la ciudad tras la iglesia Mayor, constituyendo aún en la actualidad el destino de la procesión de la patrona de Baza, santa Bárbara. Las dependencias monacales ocupadas por la vivienda privada conservan, ocultos bajo las adaptaciones contemporáneas, elementos de gran valor como los alfarjes policromados que se han documentado recientemente.

La antigua fábrica de harinas constituye un claro exponente de un momento histórico fundamental en la historia de España y Andalucía, consistente en el paso a manos civiles de gran parte del patrimonio eclesiástico en un contexto social determinado por las revoluciones liberales. Se trata de un elemento inseparable de la propia historia del edificio y que además contiene valores etnológicos, industriales y tecnológicos.

III. La Dirección General de Bienes Culturales y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 27 de julio de 2016 (publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 148, de 3 de agosto de 2016), incoó procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del Antiguo Monasterio de San Jerónimo en Baza (Granada), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Con fecha 22 de agosto de 2016, se presenta por parte de la Asociación «Baza Histórica», escrito de alegaciones, siendo las mismas debidamente contestadas y desestimadas por la Delegación territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Granada.

Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada, en la sesión celebrada con fecha de 9 de febrero de 2017, cumpliéndose así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 35, de 21 de febrero de 2017), y trámite de audiencia al Ayuntamiento de Baza y a los particulares directamente afectados en sus derechos. A los interesados desconocidos y a los que intentada la notificación no se pudo realizar, se procedió a notificarles dicho trámite de audiencia mediante publicación de los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del Estado número 74, de 28 de marzo de 2017, y número 94, de 20 de abril de 2017.

Terminada la instrucción del procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología Monumento, el Antiguo Monasterio de San Jerónimo en Baza (Granada), que se describe y delimita en el Anexo de la presente disposición.

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede el asiento gratuito de la declaración en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, y el Decreto 213/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de octubre de 2017,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Antiguo Monasterio de San Jerónimo en Baza (Granada), cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del bien y su entorno.

Tercero. Inscribir en el Catálogo Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, por su íntima vinculación con el inmueble, los bienes muebles que se describen y relacionan en el Anexo del presente Decreto.

Cuarto. Instar el asiento de este bien inmueble en el Registro de la Propiedad correspondiente, así como en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, a través de su inclusión en los catálogos urbanísticos de los municipios afectados.

Quinto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Sexto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de octubre de 2017

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MIGUEL ÁNGEL VÁZQUEZ BERMÚDEZ
Consejero de Cultura

ANEXO

I. DENOMINACIÓN.

Principal: Antiguo Monasterio de San Jerónimo.

II. LOCALIZACIÓN.

Provincia: Granada.

Municipio: Baza.

III. DESCRIPCIÓN DEL BIEN.

El Monasterio de San Jerónimo de Baza se relaciona con el tipo de edificios que tras la conquista del Reino de Granada fueron levantados a lo largo y ancho del mismo, con el fin de crear una estructura religiosa estable en medio de una población de tradición musulmana. Sus fundadores, don Enrique Enríquez y doña María de Luna, encargaron la construcción a su mayordomo García de Villarroel.

La posible mala calidad de la construcción inicial, debido a la premura de su ejecución y a la serie de terremotos que sufrió Baza en el primer tercio del siglo XVI (en 1520, 1522 y especialmente el que tuvo lugar en la madrugada del 30 de septiembre de 1531), provocaron el derrumbe de la mayor parte de lo construido, dando lugar a que se cambiase de forma drástica el aspecto inicial. Además de ello, y dentro de un proceso lógico, el inmueble sufrió ampliaciones y modificaciones en función de los nuevos gustos y necesidades que tanto la comunidad de religiosos como sus protectores tuvieron a lo largo de sus varios siglos de existencia.

En relación con la construcción de la iglesia, las primeras noticias que sobre ella se tienen hacen referencia a la voluntad de sus fundadores de ser enterrados en la misma. Así se expresa en sus testamentos, según los cuales, don Enrique Enríquez debía ser enterrado en la capilla mayor de la iglesia en el lado del evangelio y doña María de Luna en el de la epístola. También algunos de sus descendientes y otros miembros de la oligarquía bastetana fueron enterrados en el templo, quedando vestigios aún visibles de sus sepulturas.

Además la familia Enríquez, y en concreto doña María de Luna, gozó de un favor especial por parte de los jerónimos pues, según un codicilo otorgado en 1519, tenía derecho a usar el pasadizo privado que comunicaba directamente sus dependencias palaciegas con la capilla mayor de la iglesia, de modo que pudiese asistir directamente a los oficios religiosos. Sin embargo, tras la muerte de doña María, el pasadizo no fue demolido, provocándose una serie de litigios entre los frailes que querían derribarlo y los herederos del mayorazgo de los Enríquez, que querían seguir haciendo uso de él. Finalmente fue demolido a principios del siglo XVII, tras un nuevo pleito entre los frailes y los herederos de los Enríquez.

En 1535, el maestro cantero vizcaíno Juan de Sasín firmó un contrato de construcción con el prior Fray Cristóbal de Andújar, quien un año antes había contratado también la terminación de la torre de la iglesia. Una vez fijados los enterramientos de los primeros Enríquez, se inició el nuevo proyecto a partir del antiguo lugar del presbiterio, pero al tratarse de un edificio más ambicioso y de mayores proporciones, la capilla Mayor se ubicó sobre la acequia.

Este proyecto correspondía al tipo de iglesia de una sola nave, con crucero para generar el espacio del presbiterio, que toma como fondo una cabecera ochavada, que viene formalizada por una serie de contrafuertes exteriores que proporcionan estabilidad al conjunto murario. La cabecera presenta formalmente rasgos que la identifican con el estilo tardogótico del siglo XVI, como era usual en las fundaciones ligadas a los Reyes Católicos, compuesta por pilares nervados que sustentan bóvedas de plementería estrellada. Estos pilares, que conforman la cabecera de la nave y el crucero, presentan rasgos que hablan de la transición del gótico al renacimiento, puesto que contienen elementos cercanos a las formas platerescas, como la molduración de ovas y dardos de las basas de los pilares y, sobre todo, de las líneas de cornisa, que interrumpen la continuidad de los nervios que ascienden desde el suelo para construir las bóvedas.

En el crucero destacan las ventanas de medio punto abocinadas enmarcadas por dos bandas de rosetas contenidas en una cuadrícula. De igual modo son de resaltar los escudos nobiliarios correspondientes al matrimonio Enríquez-Manríque, situados en los brazos del crucero; el escudo del brazo norte corresponde a doña Francisca Manrique, hija de don Juan Chacón, Adelantado de Murcia, hermana del primer Marqués de los Vélez, y esposa de don Enrique Enríquez de Guzmán y Enríquez, a quien corresponde el escudo del brazo sur, hijo de doña Teresa Enríquez y nieto de los fundadores del linaje, que también fue conocido como Enrique Enríquez, el segundo, muerto en 1540 y que tuvo a su cargo la obra de la capilla mayor.

Este primer proyecto gótico fue abandonado una vez concluidos la cabecera y el crucero. Exteriormente se puede comprobar cómo la nave principal se adosa al crucero, diferenciándose la fábrica, que ahora aparece de mampostería no concertada, y la cornisa que hace de remate de la nueva estructura, modulada con perfiles toscanos. La nueva nave responde a un esquema diferente, siendo capaz de generar otras menores a ambos lados.

La sacristía se construyó a partir de 1588 y en ella intervinieron los canteros Jusepe Díaz y su padre Luis Antón. No obstante, con anterioridad ya se habría contratado el 10 de septiembre de 1578 con Rodrigo de Gibaja, quien no ejecutó la obra, cediéndola al cantero Pedro de Arroyo que tampoco la llevó a cabo. La sacristía es contemporánea de la generación de la nave lateral, pues tanto unos muros como otros están construidos con tapial y verdugadas de ladrillos cerámicos macizos, y ambas cubiertas se hicieron con rollizos de madera. En un momento posterior se construyeron las actuales bóvedas semiesféricas sobre pechinas de la sacristía, realizadas con doble rosca de ladrillo y revoco de yeso.

En la nave principal el repertorio tardo gótico desapareció por completo. La bóveda de cañón está sostenida por un total de seis arcos fajones que apoyan en la línea de cornisa, simulando ser el entablamento de parejas de pilastras de las que sólo se insinúa el capitel, no apareciendo el resto del desarrollo. Los muros de la nave están articulados por seis arcos de medio punto entre pilastras cuadradas rematadas con un listel desde donde se inicia el arco, siendo éste el orden menor de la nave y el mayor el de la línea de coronación del muro. En un tercer momento, probablemente en las últimas décadas del seiscientos, se decide la construcción del coro a los pies de la nave, para lo que se arrancó desde los mismos huecos del muro, que se hicieron menores para albergar la nueva estructura.

La fachada fue contratada en junio de 1690 con el alarife granadino Diego González, por el que se obligaba a levantar el muro de fachada de cantería y que sobre la imposta debían abrirse tres nichos de medio punto, los cuales se quedaron en uno y una ventana sobre él. Así mismo se comprometía a levantar la pared norte con una altura de once varas, realizada en mampostería, con un postigo para la entrada al coro y una tribuna para el órgano, que hoy día está desaparecida. La fachada, que se ejecutó mediante sillares, presenta hueco de entrada de medio punto y otros dos menores a los lados que con posterioridad fueron cegados. Una cornisa, a modo de listel, modula la fachada, separando el piso correspondiente al coro. Aparece también una hornacina flanqueada por pilastras toscanas y frontón partido con una ménsula con decoración vegetal y un escudo obispal. Aún por encima se abre una ventana de arco de medio punto que ilumina directamente el coro de los pies de la nave. Como remate de toda la composición se encuentra la gran cornisa toscana de piedra a que hacia referencia el contrato de 1690, reservada por la cubierta de tejas a dos aguas.

En el interior de la iglesia aún es posible identificar restos de las pinturas murales que la decoraron. En diferentes zonas del templo, tanto de la capilla mayor como de la nave principal y capillas laterales, se conservan restos de decoraciones pintadas que abarcan, en cuanto a técnicas y estilos, desde algunas probables del siglo XVI, en la capilla mayor, hasta las más abundantes a base de hojarascas y otros motivos característicos del XVIII, que dominan en la bóveda de la nave principal, enmarcando los lunetos y cartelas de la clave de la misma así como en el coro, y en el intradós de los arcos que separan la nave principal de las capillas laterales. A esta decoración pintada se superpone otra más reciente del XIX e incluso del XX, presentes fundamentalmente en la cornisa interior de la bóveda de cañón, en la capilla mayor y en las capillas cegadas del lado sur de la nave principal.

La torre, de fábrica de ladrillo de factura y estilo claramente mudéjar, se corona por una cornisa de canecillos de ladrillo y con una cubierta a cuatro aguas.

El Monasterio de San Jerónimo de Baza ha llegado hasta nosotros parcialmente, transformado tras su desamortización y adaptación a los usos que posteriormente soportó el inmueble, fundamentalmente a partir del primer tercio del siglo XX, cuando se construyeron en su recinto una aserradora, una almazara, una fábrica de harinas y almacenes, además de las modificaciones llevadas a cabo para adaptarlo como vivienda en varias zonas del mismo.

La estructura conventual más relevante, de la que algunos restos atestiguan su valor, es la correspondiente a la zona del edificio que constituye la fachada este de la plaza de San Jerónimo, en la que se presenta restos de la fábrica del claustro. En dicha zona se reconocen perfectamente los espacios ligados a la actividad diaria de los frailes, con las bóvedas de aristas ejecutadas con yeso y decoradas con motivos decorativos barrocos, son la que corresponden con el refectorio y con la entrada al propio monasterio. La estructura, en dos crujías, estuvo ocupada desde las primeras décadas del siglo XX por una fábrica harinera. Los restos del claustro, contratados al cantero Juan García de Gibaja en 1554, impresionan por su escala y corrección según el estilo renacentista más puro. Toda la piedra que se utilizó procede de las canteras de Bácor y los fragmentos que se conservan pertenecen al cuerpo bajo y primero. El inferior está organizado por un orden toscano de pilastras adosadas al muro elevadas sobre un plinto sobre las que corre un entablamento dórico de metopas sin decorar y triglifos con seis gotas. Entre las pilastras se abren los arcos de medio punto, cuya línea de imposta se marca con una moldura que hace las veces de capitel.

El inmueble se adapta al trazado viario del antiguo caserío situado entre las calles Rabalía Baja y Tabernica, de forma que al llegar a la esquina genera una fachada perpendicular a la calle, realizada de sillería en su estructura principal pero con los entrepaños de mampostería. Se organiza en tres plantas y ritmada por huecos de ventanas en su planta baja, a los que corresponden en la planta alta unos balcones volados de piedra. Esta fachada, en el vértice que se unía a las crujías paralelas a la plaza de san Jerónimo, presentaba refuerzo con sillares redondeados para facilitar la entrada de carros hacia el interior del segundo patio, en donde se organizaban las actividades ligadas a la producción: almazara y bodega. Estos espacios están cubiertos con una potente bóveda de cañón, ejecutada con hormigón de piedras y cal, de los que todavía se reconocen restos de interés, en especial del lagar donde se encontraban las tinajas para el vino.

En el extremo de estas construcciones se conserva parcialmente una torre contrapeso ligada a la almazara o a la bodega, levantada sobre unas hiladas de sillares de buena factura sobre los que se desarrollan muros de mampostería con esquinas de ladrillo. La torre sobresale de la línea de fachada del lado sur del monasterio varios metros, realineándose el resto de la calle a partir de la misma, y a su vez hace esquina con el muro de sillares que desde este punto, en dirección norte, separaba las dependencias del monasterio de las huertas y a cuyos pies transcurre el Caz Mayor. Del primitivo edificio conventual, en la zona este, junto al brazo sur del crucero de la iglesia, hay unas estancias que conservan elementos arquitectónicos de cantería en puertas y ventanas, con cierto repertorio estilístico de transición hacia formas manieristas. Por último, el muro de contención citado, que permite el cambio de cota desde el claustro del convento hasta el Caz Mayor, está ejecutado en sillería y presenta huecos cegados.

En las dos crujías que generan la fachada norte de la plaza de San Jerónimo está ubicada una antigua fábrica de harinas construida en las primeras décadas del siglo XX tras la desamortización del inmueble, en la que aún se conservan parte de las dependencias dedicadas a la vida monástica cotidiana. Esta fábrica de harinas es de planta rectangular, de unos 150 metros cuadrados y con dos plantas de altura, y alberga numerosas máquinas, herramientas y material de archivo que confieren al conjunto un valor añadido. Se trata de una fábrica moderna, tal como apunta su abastecimiento energético eléctrico y el tipo de maquinaria empleada. En la planta baja se encuentran las tres paradas de molienda, que aún conservan las piedras soleras y volanderas, además de los guardapolvos de madera que protegían cada parada para evitar la caída de la harina. Junto a las paradas se encuentran dos cabrias que servían para cambiar las piedras cuando se desgastaban o era necesario picarlas para rehacer las regatas. Junto a estas tres paradas de piedra se encuentran dos molinos eléctricos, que sustituyeron a los molinos de piedra y que cuentan con el sistema de conducciones que introducían en su interior el grano y que lo sacaban una vez molido para llevarlo a las máquinas de limpia.

En la segunda planta se encuentra la maquinaria que intervenía en la limpia del grano y de la harina. Las máquinas se comunican a través de las conducciones de madera de sección cuadrada entre ambas plantas; por el interior de las conducciones circulaba una cinta de cangilones que transportaba la materia prima.

IV. BIENES MUEBLES VINCULADOS.

Quedan incluidas igualmente en el expediente de protección todas las herramientas y accesorios ubicados en la fábrica de harinas que se encuentran relacionados con la producción de harina o con el mantenimiento de la fábrica, así como aquellas partes de la maquinaria que se encuentren separadas de su lugar original. La maquinaria de la segunda planta se compone de cuatro cernedores, dos tolvas, un aspirador de polvo y un depósito de materia.

Cernedor número 1. Es una máquina empleada para el cernido de la harina o del trigo. Se compone de varios filtros horizontales que filtraban la materia según su grosor. Poseía un movimiento horizontal continuo que facilitaba el cernido de la materia. Posee dos módulos iguales, de planta rectangular de 1,20 x 1,70 metros, y una altura de 1,30 metros. Ambos módulos se encuentran unidos por una estructura de hierro que le imprimía el movimiento.

Cernedor número 2. Posee además una campana extractora de polvo en la parte superior, es de planta rectangular de 2,00 x 1,10 metros, y una altura de 1,90 metros.

Cernedor número 3. Era empleado para el cernido de la harina mediante un tambor cilíndrico. El interior giraba y mediante fuerza centrífuga separaba la harina del salvado. Es de planta cuadrada de 80 cm y una altura de 1,20 metros, en su parte superior posee el conducto de alimentación y otros algo mayores para la extracción de polvo.

Cernedor número 4. Es de planta rectangular, de 1,20 x 2,00 metros y se encuentra anclado a una estructura de hierro que lo separa del suelo hasta una altura de 1,20 metros.

Hay también un aspirador de polvo de mangueras, empleado para separar la harina del polvo a través de mangueras de tela verticales (se encuentran separadas de la máquina), de planta cuadrada de 70 cm de lado y una altura de 2,20 metros, posee un sistema de cadenas en uno de los laterales que movía la estructura central; una tolva para el almacenamiento de trigo o harina (se trata de un contenedor hueco construido por completo de madera, con la salida de materia en la parte inferior. Es de planta rectangulare 3,00 x 1,20 metros y una altura de 2,00 metros).

Además hay una segunda tolva (un contenedor hueco construido por completo de madera, con la salida de materia en la parte inferior, de planta cuadrada, de 2,00 x 1,40 metros y una altura de 2,00 metros), un depósito de materia para el almacenamiento de harina o trigo (estructura cerrada adosada a la pared, construida por completo de madera y con una planta rectangular de 4 x 1,70 metros, con 2,00 metros de altura, con una puerta de entrada y algunas ventanas de cristal) y una báscula de sacos, anclada en el suelo, con una altura de 1,80 metros.

Toda la maquinaria está construida fundamentalmente de madera, aunque algunas piezas tienen elementos de metal o tejido. Del depósito de materia descienden dos tubos cilíndricos hacia la primera planta, atravesando el forjado, que servían para el llenado de sacos con los productos finales, harina o salvado.

También forma parte del Bien, por su íntima vinculación con el inmueble, la colección documental del archivo de la antigua fábrica de harina, ubicado en una de las dependencias anexas a la misma. Dicho conjunto está compuesto por libros de contabilidad, que suman 150 tomos, además de 200 carpetas con documentos varios.

V. DELIMITACIÓN DEL BIEN.

El inmueble protegido ocupa las siguientes parcelas catastrales de la manzana 02918: Parcelas 49, 51 y 52, afectadas parcialmente.

La delimitación del bien, antiguo Monasterio de San Jerónimo de Baza, afecta a la totalidad de la iglesia y a las estructuras que conservan los restos del antiguo claustro, las crujías con fachada a la plaza de San Jerónimo donde se ubica la fábrica de harinas, y la perpendicular que conforma la esquina de la calle Tabernica, fachada interior a un segundo patio relacionado con las actividades productivas y de almacenamiento del Monasterio. También está incluido el muro de sillería que limita el convento con el Caz Mayor, sobre el que se apoyaban algunas de las estructuras de transformación de materias primas producidas por las tierras pertenecientes al monasterio, así como éste mismo. Se corresponde con lo señalado en el plano de delimitación Anexo.

VI. DELIMITACIÓN DEL ENTORNO.

La delimitación del entorno del Antiguo Monasterio de San Jerónimo se justifica por la consideración del inmueble como un «conjunto monumental», conformado por la iglesia y antiguas dependencias monacales. Debido a que el monasterio de San Jerónimo ya se encuentra afectado por la delimitación del Bien de Interés Cultural, Conjunto Histórico de Baza, se plantea un entorno mínimo para el inmueble, al entender que los elementos existentes en su interior con una especial relevancia dentro del espacio urbano, por su significación y simbolismo dentro de éste, como es el caso presente, merecen un tratamiento diferenciador dentro del planeamiento del Conjunto Histórico, que si bien ya establece unas cautelas y medidas de protección generales, puede no ahondar lo suficiente en la problemática concreta por lo que se hace necesaria la delimitación de un entorno particular de éstos.

Es por tanto que el entorno definido busca la protección del inmueble con respecto a la presión urbanística, tanto a nivel físico como visual dentro del espacio urbano en el que se encuentra actualmente el mismo. Además abarca las zonas más degradadas de lo que fuera el antiguo monasterio, ocupadas actualmente por los restos de una serrería y una almazara cuya construcción en los primeros años del siglo XX conllevó la destrucción del claustro principal del monasterio y de las crujías que lo rodeaban, salvo al oeste. Igualmente merecen una mención especial antiguos ámbitos de transformación y almacenamiento como los restos existentes en el extremo sureste del complejo monacal correspondientes a una bodega.

Este sector delimitado en la descripción anterior resulta necesario e ineludible de cara a proponer las debidas cautelas arqueológicas que en un futuro deberán guardarse ante cualquier tipo de intervención sobre esta área.

Las parcelas afectadas son las siguientes:

Manzana 02918.

Parcelas afectadas totalmente: 50 y 53.

Parcelas afectadas parcialmente: 49, 51 y 52.

Dicho entorno del antiguo Monasterio de San Jerónimo de Baza comprende las parcelas, inmuebles y espacios públicos y privados comprendidos dentro de la línea de delimitación que figuran en el plano «Delimitación del bien y su entorno».

VII. CARTOGRAFÍA BASE.

La cartografía base utilizada para la delimitación ha sido la cartografía catastral WMS, de fecha mayo 2016, elaborada por la Dirección General del Catastro.

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