Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 31/10/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de octubre de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga, dimanante de autos núm. 521/2017.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 521/2017. Negociado: 3.

NIG: 2906744S20170007138.

De: Don José Francisco Moreno Alarcón.

Abogado: Don Ramón González Doncel.

Contra: Supermercados Marcon, S.L. y Fogasa.

EDICTO

Don Francisco Javier Izquierdo Carbonero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 521/2017 se ha acordado citar a Supermercados Marcon, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan al acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial en la Secretaría de este Juzgado el día 5 de diciembre de 2017 a las 10:45 horas y en su caso para la celebración del acto de juicio el mismo día a las 10:55 horas a celebrar en la sala de vistas de este Juzgado, sito en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga), planta 3.ª (los juicios se celebran en la Sala de Vistas que está en la planta baja), debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Supermercados Marcon, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a diecisiete de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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