Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 01/02/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 16 de enero de 2017, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del archivo personal de don José María Artero García.

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Con fecha 31 de agosto de 2016, doña Pilar Artero Núñez presentó escrito en el Archivo Histórico Provincial de Almería, en el que expresa su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía el archivo personal de su padre, don José María Artero Núñez (1921-1991), y su deseo de que se incorpore a los fondos del referido Archivo Histórico Provincial de Almería.

El archivo personal está formado por doce unidades de instalación, que contienen documentos que abarcan una cronología desde 1936 hasta 1991.

En cuanto a contenido, el archivo refleja la polifacética personalidad de su productor en el campo de la divulgación cultural y científica durante la segunda mitad del siglo XX. Destaca su labor en la Cátedra de Ciencias Naturales del Instituto Nicolás Salmerón de Almería, como editor tanto en la editorial Cajal como en el Instituto de Estudios Almerienses del que fue vocal de publicaciones (1986-1988), su papel en la redacción del diario La Crónica (1981) y de la revista Andarax: Artes y Letras (1978-1982), así como su actividad durante la presidencia del Ateneo y de la Agrupación Fotográfica Almeriense (AFAL). El archivo reúne fundamentalmente conferencias, correspondencia, informes, artículos, dossieres de prensa y fotografías.

El Archivo Histórico Provincial de Almería informa sobre el interés de los bienes ofertados y de la idoneidad de los documentos para el Archivo, ya que contribuyen al enriquecimiento de sus fondos y se facilita el acceso libre a los mismos. Así mismo considera que la aceptación de esta donación es de gran valor para poder investigar en el devenir cultural de la ciudad de Almería.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. En dicho artículo se especifica que esta aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Conforme a lo dispuesto en el citado artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 2 de la misma Ley, se hace constar expresamente que el conjunto de documentos donado revela un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran parte del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por su parte, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura la competencia para aceptar esta donación.

Por todo lo expuesto, y visto el informe mencionado, a propuesta de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, de conformidad con la normativa vigente, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación del archivo personal de don José María Artero García, ofrecido por doña Pilar Artero Núñez, de la que toma posesión en este acto la Consejería de Cultura.

Segundo. Asignar el referido archivo personal al Archivo Histórico Provincial de Almería, atendiendo a la voluntad de su oferente.

Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la Dirección del Archivo, se levante acta de ingreso definitivo de esta donación, mencionando la presente Orden de aceptación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora del Centro.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de enero de 2017

ROSA AGUILAR RIVERO
Consejera de Cultura
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