Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 28/11/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 22 de noviembre de 2017, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en relación con el artículo 2.e) de la misma norma, y en base al artículo 51 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Almería, por el sistema de promoción interna

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Almería, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria. A este respecto, los contenidos de los ejercicios de la fase de oposición descritos en el apartado 3.2.1 del Anexo I se ajustarán a la legislación vigente a la fecha de finalización de presentación de solicitudes de participación en estas pruebas selectivas, prevista en el punto 3 de esta Resolución.

1.5. De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, todas las Resoluciones que se citan en esta convocatoria, así como la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a los/las participantes e interesados/as se expondrá al público en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos y en la página web del citado Servicio.

1.6. El primer ejercicio se celebrará antes de 4 meses desde la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas definitivas de admitidos y excluidos.

1.7. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha de comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de las/los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso, según el apartado 1.5 anterior.

2. Requisitos de las/los candidatos/as.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las/los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Se deberá pertenecer y hallarse en la situación administrativa de Servicio Activo en la Escala Administrativa de la Universidad de Almería, o en Cuerpos y Escalas de otras Administraciones Públicas encuadradas en el Subgrupo C1 y pertenecientes al ámbito funcional de Administración.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala a que se aspira.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) Prestar servicios y tener destino definitivo en la Universidad de Almería, obtenido por cualquiera de las formas de provisión establecidas para la cobertura de puestos de trabajo.

f) Los funcionarios deben poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, desde la correspondiente toma de posesión en los Cuerpos o Escalas a que se pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios/as de carrera de la respectiva escala.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se dirigirán al Rector Magnífico de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.2. Los/as aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado correspondiente de su solicitud.

3.3. Las solicitudes se presentarán a través de la Plataforma de Administración Electrónica de la Universidad de Almería, a través de la dirección web:

http://cms.ual.es/UAL/administracionelectronica/procedimientos/categoria/index.htm?idDest=5.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de exclusión.

4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas los/las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de admitidos, para que aleguen o presenten la documentación que a su derecho convenga.

4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as. Asimismo, en dicha resolución se nombrará al Tribunal.

4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as agotará la vía administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas figura en Anexo III de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará Resolución del Rector de la Universidad de Almería por la que se nombren a las/los nuevos/as componentes del Tribunal que hayan de sustituir a las/los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. En el procedimiento del concurso-oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesoras/es especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las/los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de las/los demás participantes.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las/los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número, teléfono 950 015 126. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, componente o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho

5.13. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las/los opositores para que acrediten su identidad.

5.14. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de las/los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir las/los aspirantes, a los efectos procedentes.

6. Listas de aprobados/as.

6.1. El Tribunal hará públicas las listas de aprobados/as de cada Ejercicio y de la exposición y defensa del Proyecto de la Fase de Oposición. Se concederá un plazo de 3 días, a partir del día siguiente a dichas publicaciones, para presentar alegaciones. Estas alegaciones serán resueltas en idéntico plazo.

6.2. Al finalizar el Concurso Oposición, el Tribunal hará pública la lista provisional de aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo de méritos. La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria.

6.2. Contra esta lista provisional podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal, en el plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán resueltas en el plazo de 10 días, junto con la publicación de la lista definitiva de aprobados/as.

6.3. Transcurrido el plazo referido en la base anterior y resueltas en su caso las alegaciones presentadas, el Tribunal hará pública la lista definitiva de aprobados/as con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases y la elevará al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera. Contra esta lista definitiva podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Almería.

7. Presentación de documentación y solicitud de destinos.

7.1. El Rectorado de la Universidad de Almería, realizará a través de la Gerencia, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los/las aspirantes seleccionados/as.

7.2. Las/los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la oferta de vacantes en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad, para presentar la petición de destino y los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior nombramiento como funcionaria/o de carrera, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y titulación académica exigida para acceder a la nueva Escala, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera de la respectiva escala y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

8. Nombramiento de funcionarios/as de carrera y asignación inicial de destinos.

8.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de destinos, el Rector de la Universidad de Almería nombrará funcionarios/as de carrera de la respectiva escala a los/as aspirantes que, habiendo superado el concurso-oposición, cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, y determinará el plazo o la fecha de toma de posesión en los correspondientes destinos, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

8.2. La adjudicación de destinos se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/las interesados/as, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

9. Norma Final.

La presente Resolución agota la vía administrativa en virtud del artículo 62 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta Resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 22 de noviembre de 2017. El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

ANEXO I

Ejercicios y calificación

1. Concurso y oposición.

El procedimiento de selección, por el sistema de promoción interna, constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.1. En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los epígrafes incluidos en el apartado 3.1 de este Anexo.

1.2. La fase de oposición estará formada por las siguientes partes:

Primera parte: consistirá en la realización de 4 ejercicios con carácter eliminatorio, sobre los contenidos de los Bloques II, III, IV y V del programa (Anexo II).

Segunda parte: Consistirá en la presentación de un Proyecto, con carácter eliminatorio, de aplicación a la Administración Universitaria según se especifica en el apartado 3.2.2 de este Anexo I.

2. Actividades formativas:

La Universidad de Almería procederá a la organización de las siguientes actividades formativas de apoyo a los aspirantes admitidos en las presentes pruebas selectivas de promoción interna.

2.1. Actividad formativa de 60 horas sobre los contenidos de los Bloques II, III, IV y V del Anexo II. Programa:

Consistirá en 5 sesiones de carácter teórico-práctico de 3 horas de duración por cada uno de los bloques, a razón de 2 sesiones por semana, una en turno de mañana y otra en turno de tarde. La asistencia a esta actividad no será obligatoria y podrán asistir únicamente los aspirantes admitidos a estas pruebas selectivas.

No obstante, aquellos aspirantes que deseen obtener la certificación formativa de cada Bloque, deberán superar el ejercicio correspondiente de la fase de oposición y acreditar una asistencia mínima del 60% de las sesiones.

2.2. Actividad formativa de 18 horas sobre los contenidos del Bloque I del Anexo II. Programa:

Consistirá en 6 sesiones de carácter teórico-práctico de 3 horas de duración cada una, a razón de 2 sesiones por semana, una en turno de mañana y otra en turno de tarde. La asistencia a esta actividad será obligatoria y podrán asistir únicamente aquellos aspirantes que hayan superado los 4 ejercicios previstos en la Fase de Oposición.

Asimismo, aquellos opositores que deseen obtener la acreditación correspondiente a este Bloque deberán presentar y defender el Proyecto citado anteriormente en el apartado 3.2.2 de este Anexo I.

3. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios.

3.1. Fase de concurso: Para la valoración de los méritos de esta fase se tendrán en cuenta únicamente los servicios prestados en los Cuerpos o Escalas a los que se refiere la base 2.1.a) de la convocatoria, y se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes apartados:

3.1.1. Nivel de los Puestos de Trabajo desempeñados. Se valorarán los niveles de los puestos de trabajo desempeñados, de acuerdo con la siguiente tabla:

Nivel 23: 0,050/30 puntos por día.

Nivel 22: 0,046/30 puntos por día.

Nivel 21: 0,042/30 puntos por día.

Nivel 20: 0,038/30 puntos por día.

Nivel 19: 0,034/30 puntos por día.

Nivel 18: 0,030/30 puntos por día.

Nivel 17: 0,026/30 puntos por día.

Nivel 16: 0,022/30 puntos por día.

Nivel 15: 0,018/30 puntos por día.

3.1.2. Cuerpos o Escalas. Se valorarán los servicios prestados a razón de 0,10/30 puntos por día.

3.1.3. Grado Personal Consolidado. Se valorará el Grado Personal Consolidado de cada aspirante.

Nivel 23: 9 puntos.

Nivel 22: 8 puntos.

Nivel 21: 7 puntos.

Nivel 20: 6 puntos.

Nivel 19: 5 puntos.

Nivel 18: 4 puntos.

Nivel 17: 3 puntos.

Nivel 16: 2 puntos.

Nivel 15 o inferior: 1 punto.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de los mismos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la calificación final obtenida por las/los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobadas/os. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

3.2. Fase de Oposición: La valoración de las distintas partes de las que consta la fase de oposición será la siguiente:

3.2.1. Primera parte: Ejercicios. Cada uno de los 4 ejercicios que componen esta parte constará de:

a) 1 Cuestionario de 25 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será correcta. Se calificará de 0 a 5 puntos.

b) 1 o 2 Supuestos Prácticos que contendrán, como máximo, 25 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será correcta. Se calificarán de 0 a 5 puntos.

La calificación máxima de cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superar el mismo. La calificación de cada ejercicio será la suma de las calificaciones obtenidas en los apartados a) y b) que lo componen. El tiempo para la realización de cada ejercicio será, como máximo, de 75 minutos.

La calificación obtenida en los ejercicios superados por los aspirantes que no aprueben el proceso selectivo, se reservará sólo y exclusivamente para la siguiente convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Administrativa. No obstante, estos aspirantes podrán mejorar sus calificaciones realizando de nuevo el/los ejercicio/s de la fase de oposición de la siguiente convocatoria.

3.2.2. Segunda parte: Proyecto. Consistirá en la elaboración y presentación de un Proyecto por los aspirantes que hayan superado los 4 ejercicios incluidos en el apartado 3.2.1 Primera Parte. Será un trabajo original e innovador sobre los contenidos del «Anexo II. Programa», con especial incidencia en la utilización de los contenidos del Bloque I. Habilidades Directivas en relación con el resto de Bloques, y su aplicabilidad a la estructura y organización de la Universidad de Almería. En este sentido, las áreas propuestas para la elaboración del proyecto son las siguientes:

- Organización y Recursos Humanos.

- Planificación Estratégica.

- Hacienda Pública y Gestión Financiera.

- Gestión de Obras, mantenimiento e infraestructura.

- Unión Europea e Internacionalización.

- Derecho Administrativo y Laboral.

- Gestión Académica-Docente.

- Gestión de la información y Relación con los Estudiantes.

- Contratación y Gestión Patrimonial.

- Gestión de la Investigación.

- Apoyo a cargos académicos y órganos de gobierno (Vicerrectorados, Decanatos y Dptos.).

El Tribunal, finalizada la actividad formativa aludida en el apartado 2.2 de este Anexo I, dictará Resolución estableciendo un plazo de 1 mes para la presentación del Proyecto, que tendrá las siguientes especificaciones:

- Tipo letra: Times New Roman 11.

- Márgenes: Estándar (sup. inf. 2,5 cm e izq. der. 3 cm).

- Interlineado: Sencillo.

- Espaciado entre párrafos: Posterior 6 pto.

- Extensión de 50 páginas, excluidas portada, índice y bibliografía/referencias.

El Proyecto presentado deberá ser sometido por el aspirante a exposición pública ante el Tribunal calificador, disponiendo para ello de un máximo de 15 minutos para su defensa.

El Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre aquellos extremos que considere oportunos. Para la realización de la exposición pública el aspirante podrá disponer de los medios audiovisuales habituales en la Universidad de Almería.

El Proyecto será valorado de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar esta parte obtener al menos 10 puntos.

Para la valoración del Proyecto, el Tribunal deberá tener en cuenta, entre otros criterios, la estructura y coherencia, la capacidad de síntesis, la originalidad, así como la presentación, argumentación y claridad expositiva del aspirante.

En el supuesto de que alguno/s aspirantes superen la fase de oposición de estas pruebas selectivas de promoción interna, pero no figuren en la lista definitiva de aprobados/as citada en la base 6.3, no se guardará para la siguiente convocatoria la calificación obtenida en el Proyecto.

3.3.3. Calificación de la fase de oposición. La calificación en la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los 4 ejercicios descritos en el apartado 3.2.1 de este Anexo I y la puntuación obtenida en el Proyecto, apartado 3.2.2 de este Anexo I.

4. Calificación final de las pruebas selectivas.

La calificación de las pruebas, a efectos de declaración de aprobadas/os, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) La mayor calificación obtenida en la fase de oposición.

b) La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

c) Por sorteo.

ANEXO II

P r o g r a m a

Bloque I. Habilidades directivas.

1. Organizaciones saludables.

2. Liderazgo, Equipos de Trabajo y Toma de Decisiones.

3. Cultura, Clima y Cambio Organizacional.

4. Gestión del Conflicto y Negociación.

5. Técnicas de Información y Comunicación. Gestión del tiempo.

6. Calidad de los Servicios.

Bloque II. Derecho Administrativo.

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento

2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa.

4. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público. Órganos de las Administraciones Públicas: Principios generales y competencias. Órganos colegiados. Abstención y recusación. De los Convenios.

Bloque III. Gestión de personal y seguridad social.

1. El Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Capítulos II, III, IV y VI. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

2. La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes. Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado.

3. El contrato de trabajo: Contenido y régimen jurídico. Modalidades del contrato de trabajo. El régimen general de la Seguridad Social. Afiliación de trabajadores: Altas y bajas. Cotización: Bases y Tipos. Acción protectora y clases de Prestaciones. La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.

4. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios. Régimen Jurídico. Concursos. El Profesorado contratado. Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. El Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Almería: regulación jurídica.

5. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios.

Bloque IV. Gestión Financiera y contratación administrativa.

1. Régimen económico y financiero de las Universidades. El Patrimonio Universitario: Régimen jurídico regulador. El Patrimonio de la Universidad de Almería: titularidad, administración y disposición. El Modelo de financiación del Sistema Universitario Público de Andalucía. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales.

2. El presupuesto, concepto y clases. Principios y funciones del Presupuesto. El ciclo presupuestario. Técnicas presupuestarias. Los créditos presupuestarios y las Modificaciones presupuestarias. Los Remanentes de crédito: concepto y clases. El presupuesto de la Universidad de Almería 2018: contenido y estructura. El estado de Ingresos del presupuesto. El estado de Gastos del presupuesto.

3. La contabilidad pública y la planificación contable: concepto. El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo. Las operaciones extrapresupuestarias: estructura, fases y tipos de documentos. Obligaciones tributarias de la Universidad de Almería. EL IRPF. El IVA. Tasas y exenciones parafiscales. Especial referencia a la Ley de Tasas y Precios Públicos. Precios Públicos de Servicios Universitarios.

4. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

5. Gestión de subvenciones y transferencias. Conceptos generales. Nociones sobre la ley y el Reglamento de subvenciones. Legislación estatal y legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Bloque V. Gestión universitaria.

1. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior: La Declaración de Bolonia. Antecedentes y consecuencias para el sistema universitario español. Horizonte 2020. La autonomía universitaria: Principios inspiradores y extensión de la Ley Orgánica de Universidades. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades. El estudio en la Universidad. La Internacionalización en la Universidad Española: contexto general. La Estrategia para la Internacionalización de las Universidades Españolas 2015-2020.

2. La Ley Andaluza de Universidades La Ley Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento: La Agencia Andaluza del Conocimiento. La Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Almería

3. Los Estatutos de la Universidad de Almería. Título Preliminar. Título I. De la estructura de la Universidad. Título II. Del Gobierno de la Universidad. Título III. De la Comunidad Universitaria. Título IV. De las Actividades de la Universidad. Título V. De los Servicios Universitarios. Título VI. Del Régimen Económico Financiero. Título VII. Régimen Jurídico y Disciplinario. Título IX. Régimen Electoral.

4. Régimen de Alumnado. Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales. Real Decreto 99/2011, de 28 enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

5. Régimen de Alumnado. Acceso a la Universidad y procedimientos de admisión. Normativa de matrícula oficial en centros de la Universidad de Almería: Gestión Administrativa y aspectos económicos. Traslados de Expediente. Reconocimiento de créditos. Normativa de permanencia. Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos Oficiales, Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por los que se establecen los requisitos de expedición por las Universidades del Suplemento Europeo al Título.

ANEXO III

Tribunal

El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas será el formado por:

1. Tribunal Titular:

Presidente: Don José Luis Alonso Molina, Vicegerente de Recursos Humanos del PAS de la Universidad de Almería y Funcionario de carrera de la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería.

Secretaria: Doña M.ª Ángeles Hinojosa Lizana, Vicegerente de Organización Administrativa y Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla y Funcionaria de Carrera de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla.

Vocales:

Don Fernando Palencia Herrejón, Vicegerente de Recursos Humanos del PAS de la Universidad de Málaga y Funcionario de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Málaga.

Doña Inmaculada Alcalá Gálvez, Jefa de Sección Adjunta de la Facultad de Comunicación y Documentación de la Universidad de Granada y Funcionaria de Carrera de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Granada.

Don Salvador Santiago Plaza Alarcón, Jefe de Servicio de Contabilidad y Presupuestos de la Universidad de Jaén y Funcionario de carrera de la Escala de Técnicos de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

2. Tribunal Suplente:

Presidente: Don Manuel Ángel Guzmán Soria, Vicegerente de Procesos y Servicios de la Universidad de Almería, y Funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas Informática de la Universidad de Almería.

Secretario:

Don Luis Vílchez Cáliz, Jefe de Servicio de Información y Registro, y Funcionario de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Almería.

Vocales:

Don Cristóbal Saraiba Bello, Administrador de Trabajos Fin de Grado, Máster, Tesis Doctorales y Proyectos Fin de Carrera, y Funcionario de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Almería.

Don Ramón García Fernández, Jefe de Sección del Servicio de PAS de la Universidad de Málaga, y Funcionario de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Málaga.

Don Roberto J. Pastor Izquierdo. Jefe del Servicio de Asuntos Económicos de la Universidad de Jaén, y Funcionario de la Escala de Técnicos de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

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