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En virtud de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por encontrarse en paradero desconocido, o ser desconocido o estar ausente del domicilio que figura en el expediente incoado, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en calle Tomás de Heredia, núm. 18, de Málaga (C.P. 29001), para la notificación del contenido íntegro de la resolución de cambio de guarda a don Juan Ranea Molina y doña Amparo Díaz Fernández, de fecha 10 de noviembre de 2016, relativa al menor J.E.R.D., expediente número 352-2012-00043-1. Significándoles que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Málaga, 30 de enero de 2017.- La Delegada, Ana Isabel González de la Torre.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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