Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 04/12/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 28 de noviembre de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de Providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1.- Expte.- CA/2017/206/OTROS FUNCS/FOR. Jaime José Domínguez Rojas. La Línea de la Concepción (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Eliminación completa de la vegetación forestal preexistente, que consistía predominantemente en matorral con algunos claros de pastizal y escasos pies de acebuche y eucalipto. Destrucción de suelos forestales, como consecuencia de la nivelación del terreno mediante el relleno con escombros y tierras, posteriormente compactados. Construcción de un muro perimetral opaco con paramentos de bloques prefabricados. Atura superior de dos metros, en el paraje conocido como el Zabal (Polígono 2, parcela 44) sito en el T.M. de la linea de la concepción (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 75.1 de la Ley Forestal de Andalucía 2/92 de 15 de junio, siendo calificada como Grave y sancionable según Artº 80.3 y 86b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de multa pecuniaria de 4.000 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Restitución del terreno a su estado anterior.

2.- Expte.- CA/2017/404/GC/PA. Martinus Hendrikus Wilhermus Gomman. Torremolinos (Málaga). Propuesta de Resolución. Existencia de 17 bidones que contienen caucho acrílico sintético que han sido abandonados en parcela sin vallado,en el paraje conocido como Pozo Marín, Vega Ringo Rango, (Polígono 15, Parcela 45), en el T.M. de los Barrios (Cádiz).Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 146.1d) de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, siendo calificada como Muy Grave y sancionable según Artº 146.1d) y 147.2 del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 7.000 Euros.

3.- Expte.- CA/2017/754/GC/PES. Roland Macho Escobar. Paterna de Rivera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Pescar sin licencia de Pesca y sin seguro obligatorio del pescador, en el paraje conocido como Lavatrapo, Pantano de Guadalcacin, en el T.M. de San José Del Valle (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 79.2 de la Ley de Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como leve y sancionable según Artº 79.2 y 82.2a) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 79.1 de la Ley de Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como leve y sancionable según Artº 79.1 y 82.2a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de multa pecuniaria por importe de 200 euros.

4.- Expte.- CA/2017/838/AGMA/VP. José Luis Huertas Ruiz. Algeciras (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Construcción de armazón de nave con postes metálicos de 10x10 centímetros de grosor y anclados con hormigón, la superficie es de unos 88 metros cuadrados. Cerramiento del frontal de la parcela ocupada con postes metálicos anclados con hormigón y vallado de dos metros de altura por 28 metros de longitud. Ocupación de una parcela de 785 metros cuadrados en la que además de las construcciones referidas hay una caravana, todo ello en dominio público pecuario, en el paraje conocido como parcela catastral 9016 del polígono 86, en el vías pecuarias colada de algar, en el T.M. de Arcos de la Frontera (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: -infracción tipificada como tal por el Artº 21.2b) Ley de vías Pecuarias. Calificada como muy grave y sancionable según Artº 21.2 b) y 22.1.c) del mismo texto legal. - infracción tipificada como tal por el Artº 21.3e) Ley de vías Pecuarias. Calificada como grave y sancionable según Artº 21.3 e) y 22.1.b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 32.000 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Restitución del dominio público pecuario a su ser y estado anterior.

5.- Expte.- CA/2017/854/AGMA/ENP. Rolando Andrés Lew Weisl. Tarifa (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Apertura de dos pozos de 3 metros de largo por 3 metros de ancho y 3 metros de profundidad cada uno de ellos. Construcción de una caseta de mampostería de 6 metros cuadrados. Instalación de dos casetas de madera de 4 metros cuadrados cada una respectivamente. Instalación de un contenedor metálico de 120 m². También se encuentra instalado un vehículo autocaravana tipo camión, en el paraje conocido como Betijuelo, en el espacio protegido del Estrecho, en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es:- infracción tipificada como tal en el Artº 26.1 de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P de Andalucía, siendo calificada como leve y sancionable según Artº 26.1e) y 27.1a) del mismo texto legal. - infracción tipificada como tal en el Artº 26.2i) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P de Andalucía, siendo calificada como leve y sancionable según Artº 26.2i) y 27.1b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 5.000euros . Otras obligaciones no pecuniarias: Restitución del terreno a su ser y estado anterior.

6.- Expte.- CA/2017/869/AGMA/PA. Project XXI Century SA. Cádiz. Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Mortandad de peces provocada por la falta de mantenimiento y abandono de planta de cultivos piscicola. Incumplimiento de titular de la explotación de la obligación de informar a la delegación territorial de medio ambiente de cualquier incidente que pueda afectar al medio ambiente o la salud de las personas y no comunicar el cese de la actividad al menos con dos meses de antelación incumpliendo con ello el condicionado impuesto en la autorización ambiental unificada , en el paraje conocido como Estero Santa Leocadia, en el espacio protegido Bahía de Cádiz, en el T.M. de San Fernando (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es:- infracción tipificada como tal en el Artº 132.1 a) Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, siendo calificada como grave y sancionable según Artº 132.1 a) y 132.2 del mismo texto legal. - infracción tipificada como tal en el Artº 26.2i) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P de Andalucía, siendo calificada como grave y sancionable según Artº 26.2i) y 27.1b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 30.000 euros .

Cádiz, 28 de noviembre de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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