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Advertidos errores en el texto de la Orden de 26 de julio de 2017, por la que se modifica la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se regulan las prestaciones económicas a las familias acogedoras de menores (BOJA número 148, de 3 de agosto de 2017), se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el artículo único, apartado uno, en la página 42 del referido Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Donde dice:
«a) Acogimiento permanente en familia extensa.»
Debe decir:
«a) Acogimiento en familia extensa.»
En el artículo único, apartado dos, en la página 43 del referido Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Donde dice:
«Artículo 4. Acogimiento permanente en familia extensa.
El acogimiento permanente en familia extensa es el que se formaliza con personas físicas a quienes se le haya conferido la guarda de algún menor conforme a la legislación civil, en virtud de la vinculación existente por razón de parentesco, mediante la correspondiente resolución administrativa.»
Debe decir:
«Artículo 4. Acogimiento en familia extensa.
El acogimiento en familia extensa es el que se formaliza con personas físicas a quienes se le haya conferido la guarda de algún menor conforme a la legislación civil, en virtud de la vinculación existente por razón de parentesco, mediante la correspondiente resolución administrativa.»
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