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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 15 de enero de 2014, y en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la prevención, seguimiento y control del Absentismo Escolar durante el curso 2017/2018, realizada mediante Resolución de 17 de mayo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm. 117, de 21 de junio de 2017), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,
ACUERDA
Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2017/2018 realiza la citada Resolución de 17 de mayo 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm. 117, de 21 de junio de 2017), de concesión de subvenciones a entidades locales para financiar programas de absentismo escolar otorgando las subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las Entidades Locales que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.
Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2017/2018 y, así mismo, el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2018, debiendo presentar ante esta Delegación Territorial el correspondiente Certificado de la Intervención Local acreditativo del empleo de las cantidades a la finalidad para la que se conceden.
Cuarto. El pago de las subvenciones se realiza en la modalidad de pago anticipado y único, de acuerdo con el límite de la cuantía de las mismas establecido en las bases reguladoras.
Quinto. Las subvenciones que se aprueban abarcan el límite presupuestario de la convocatoria que alcanza el importe total de cuarenta y un mil doscientos sesenta euros (41.260,00 €) imputables a la posición presupuestaria 1100020000/G/42F/46100/18 01.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Granada, 5 de diciembre de 2017.- El Delegado, Germán González Pérez.
Anexo I
ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR Y ATENCIÓN AL ALUMNADO INMIGRANTE-CURSO 2017/2018
ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE | CIF | PRESUPUESTO REFORMULADO | SUBVENCIÓN CONCEDIDA | PORCENTAJE FINANCIACIÓN | PAGO |
Torrenueva | P-1800009A | 2500,00 € | 2500,00 € | 100% | Único |
Órgiva | P-1815000C | 2500,00€ | 2000,00 € | 80% | Único |
Campotéjar | P-1803900H | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Huétor Tájar | P-1810200D | 9000,00 € | 2500,00 € | 27,77% | Único |
Pedro Martínez | P-1815500B | 1500,00 € | 1000,00 € | 66,66% | Único |
Íllora | P-1810400J | 4000,00 € | 4000,00 € | 100% | Único |
Benalúa de las Villas | P-1802900I | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Las Gabias | P-1808300F | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Loja | P-1812300J | 13073,30 € | 2000,00 € | 15,29% | Único |
Darro | P-1806500C | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Baza | P-1802400J | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Motril | P-1814200J | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Montefrío | P-1813700J | 5000,00 € | 2000,00 € | 40% | Único |
Guadahortuna | P-1809000A | 2000,00 € | 2000,00 € | 100% | Único |
Salar | P-1817400C | 2500,00 € | 1500,00 € | 60% | Único |
Benalúa | P-1802800A | 4600,00 € | 1760,00 € | 41,31% | Único |
Fuente Vaqueros | P-1808100J | 1500,00 € | 1500,00 € | 100% | Único |
Purullena | P-1817000A | 1500,00 € | 1500,00 € | 100% | Único |
Marchal | P-1812900G | 1500,00 € | 1500,00 € | 100% | Único |
Iznalloz | P-1810700C | 1500,00 € | 1500,00 € | 100% | Único |
Cúllar | P-1805700J | 1000,00 € | 1000,00 € | 100% | Único |
Pinos Puente | P-1816100J | 11000,00 € | 1000,00 € | 9.09% | Único |
Importe total-DT Granada - 41.260,00 € |
Anexo II
ENTIDADES LOCALES EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR Y ATENCIÓN AL ALUMNADO INMIGRANTE. CURSO 2017/2018
ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE | CAUSA DE EXCLUSIÓN | FUNDAMENTO JURÍDICO |
Santa Fe | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017 |
Huéscar | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011 Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017 |
La Zubia | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011 Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017 |
Almuñécar | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017 |
Atarfe | No presentar subsanación | ORDEN de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía. Art. 13. Subsanación de solicitudes. Punto 3.º Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolución declarando el archivo de las solicitudes no subsanadas. |