Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 14/12/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería en el Procedimiento Abreviado 807/2017 Negociado 3 E y se notifica a los posibles interesados la interposición del mismo.

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Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al Procedimiento Abreviado 807/2017, interpuesto por don Conrado Sánchez Salvador contra la Resolución de 31 de julio de 2017, dictada por la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería en expediente de reclamación de cantidad, y para que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.

En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,

RESUELVO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo en el Procedimiento Abreviado 807/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.

Almería, 11 de diciembre de 2017.- El Delegado, Miguel Ángel Tortosa López.

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