Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 15/12/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de abril de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Córdoba, dimanante de autos núm. 1037/2012. (PP. 1401/2017).

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NIG: 1402142C20120012024.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1037/2012. Negociado: MT.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: Banque PSA Finance Sucursal en España.

Procurador: Sr. Ramón Roldán de la Haba.

Letrado: Sr. José María Briones Villa.

Contra: Doña Marian Catalin Olteanu.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A MARIAN CATALIN OLTEANU

En el presente Procedimiento Ordinario 1037/2012, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Seis de Córdoba a instancia de Banque PSA Finance Sucursal en España frente a Marian Catalin Olteanu se ha dictado, con fecha 9 de abril de 2014, la Sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 52/2014

En Córdoba, a nueve de abril de dos mil catorce.

Vistos por Olga Rodríguez Garrido, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Córdoba, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el núm. 1037 del año 2012, a instancia de Banque PSA Finance Sucursal en España, representado por el Procurador Sr. Roldán de la Haba y defendido por el Letrado Sr. Briones Villa, contra doña Marian Catalin Olteanu, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando sustancialmente la demanda formulada por Banque PSA Finance Sucursal en España representada por el Procurador Sr. Roldán de la Haba contra doña Marian Catalin Olteanu debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la cantidad de 18.418,40 euros, cantidad comprensiva de principal, intereses y gastos de aplazamiento, y debo declarar y declaro nula la cláusula contractual que fija el tipo del interés moratorio por abusiva y, en sustitución de la misma, se fija el 15% nominal anual vencidos desde el 3 de noviembre de 2008 y hasta su completo pago y todo ello con imposición de las costas derivadas de la tramitación de este procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma a las partes personadas haciéndoles saber que contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella, exponiendo el apelante las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, y previa constitución de depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado núm. 1427 0000 04 103712, debiendo de especificarse en el campo concepto que se trata de un «Recurso» seguido del código y tipo concreto de recurso que se trate (02 apelación civil).

Sin la consignación no se admitirá a trámite el recurso, según disposición adicional 15.ª  introducida por la L.O. 1/2009, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose Marian Catalin Olteanu en paradero desconocido, con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada rebelde, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a nueve de abril de dos mil catorce.- El Secretario Judicial.

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