Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 20/12/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Viceconsejería, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica.

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La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental establece en su artículo 36 la necesidad de someter a evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos enumerados en el Anexo I de la citada ley, siempre que sean elaborados por una Administración pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Gobierno. El II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica, promovido por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Terrirorio (Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático), se encuentra incluido en este ámbito de aplicación.

Analizada la documentación aportada, vistos los informes recibidos y considerados los valores ambientales del ámbito de actuación, la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, resuelve emitir la presente declaración ambiental estratégica como resultado del procedimiento de evaluación ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica.

En este sentido, el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica se considera viable a los solos efectos ambientales, siempre que se cumpla lo establecido en el estudio ambiental estratégico y en la declaración ambiental estratégica, que constituye un informe preceptivo y determinante. El promotor incorporará en el plan el contenido de la declaración ambiental estratégica. Asimismo, el contenido del estudio ambiental estratégico corregido, en su caso, por el resultado de la información pública y las consultas y por el proceso de evaluación ambiental, deberá ser parte integrante del plan.

Por otro lado, se procede a dar publicidad a la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. El contenido íntegro de esta declaración se podrá consultar en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: www.juntadeandalucia.es/medioambiente/evaluacionplanesyprogramas.

La declaración ambiental estratégica perderá su vigencia si, una vez publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no se hubiera procedido a la adopción o aprobación del plan en el plazo máximo de dos años desde su publicación.

Contra la presente declaración no procederá recurso administrativo alguno, sin perjuicio de los que procedan en su caso contra la resolución que apruebe el Plan.

1. Fundamentos del Plan.

La conservación de los ecosistemas y la calidad ambiental del Parque Natural de Sierra Mágina precisa integrar las medidas de desarrollo social y económico con el mantenimiento de sus valores naturales y culturales en una relación que mutuamente aporte valor. Sobre la base de este modelo, el Plan ha sido concebido como un instrumento centrado en fortalecer una cultura social y productiva de desarrollo local basada en los valores de sostenibilidad, innovación y diferenciación, con la integración y participación de los agentes locales como eje vertebrador del mismo. De este modo, la participación ha sido entendida como corresponsabilidad social entre instituciones y ciudadanos en torno a unas claves de desarrollo local que habrá que ir diseñando y compartiendo. Ello ha supuesto fortalecer la participación activa de los actores empresariales y sociales del territorio en las decisiones estratégicas contempladas en el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina.

El proceso de participación realizado ha permitido generar una serie de propuestas o formulaciones generales y que aluden a la forma en la que se deben integrar los diversos intereses en juego, a la importancia del agua como soporte relacional general de los ámbitos natural, económico y social y a la urgente necesidad de mejorar la articulación y la coordinación entre las distintas instancias que pretenden contribuir al desarrollo sostenible de Sierra Mágina.

Los objetivos generales y líneas de actuación del Plan responden a las finalidades que justifican su formulación, las conclusiones de los análisis técnicos realizados y la percepción de oportunidad sobre los temas en que es conveniente concentrar la tarea del Plan, esto es:

OBJETIVOS GENERALES LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. Propiciar la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales del territorio
1.1 Conservar los hábitats y recursos naturales del espacio natural.
1.2 Conservar, restaurar y puesta en valor del patrimonio geológico.
1.3 Compatibilizar el aprovechamiento de los recursos del Parque Natural con el crecimiento económico.
1.4 Apoyar los sistemas productivos locales respetuosos con el entorno natural.
1.5 Apoyo al emprendimiento en base al aprovechamiento sostenible de los recursos.
1.6 Redefinir una red de equipamientos de uso público con sistemas de gestión que garanticen su viabilidad.
1.7 Promoción y desarrollo de instalaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energéticas
2. Aumento de la competitividad utilizando recursos endógenos 2.1 Fomentar la mejora de la competitividad de los principales sectores
productivos del Parque Natural.
2.2 Potenciar y diversificar la economía del olivar.
2.3 Incorporar elementos innovadores y de mejora de la competitividad en la industria agroalimentaria y artesanal.
2.4 Vertebrar del sector turístico.
3. Aumento del bienestar social de la población
3.1 Mejorar los procesos de atención ciudadana.
3.2 Impulsar la participación efectiva de la población en el desarrollo del territorio.
3.3 Mejorar la integración sociolaboral de determinados colectivos sociales desfavorecidos
4. Aumento del potencial del capital humano existente: Emprendimiento y empleabilidad
4.1 Profesionalizar los sectores productivos
4.2 Impulsar el relevo generacional, asentando población en el territorio.
5. Desarrollo y consolidación de la identidad del Parque Natural entre sus habitantes y los visitantes que acudan al territorio
5.1 Impulsar una imagen común que aporte valor al espacio natural.
5.2 Mejorar las infraestructuras urbanísticas.
5.3 Aumentar la implicación de la población local en los objetivos de d
esarrollo sostenible del Parque Natural mediante la educación y la sensibilización ambiental.
5.4 Incentivar los sistemas de recogida selectiva y reciclaje.

2. Tramitación.

La evaluación ambiental del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica se ha llevado a cabo según lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Durante el procedimiento de evaluación se ha realizado una identificación de los potenciales impactos ambientales que podrían derivarse de su aplicación, permitiendo la integración de los aspectos ambientales desde la fase inicial del proceso de planificación.

Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada Ley, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador.

El procedimiento de evaluación estratégica se inició con la comunicación por el órgano promotor, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (la entonces Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente), de la iniciación de la tramitación del citado Plan al órgano ambiental, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Viceconsejería). Dicha comunicación se acompañaba de un documento con la evaluación de los aspectos establecidos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. En base a este documento de inicio, el órgano ambiental identificó a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado y llevó a cabo el trámite de consultas previas al objeto de determinar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del Estudio Ambiental Estratégico.

Estas consultas se realizaron mediante dos modalidades diferentes. La primera de ellas de forma particularizada a Administraciones públicas afectadas y público interesado vía correo ordinario con acuse de recibo, adjuntando la documentación de inicio del Plan. La segunda modalidad de consulta ha consistido en la puesta a disposición del público de una dirección de correo electrónico específica para facilitar y agilizar las posibles aportaciones, sugerencias e información de interés. Por otra parte la documentación relacionada con el procedimiento de evaluación ambiental del Plan se ha publicado en la web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Las modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Resultado de este trámite de consultas, las respuestas recibidas por vía oficial o a través de correo electrónico se encuentran disponibles en el sitio web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. De todas las entidades consultadas por el órgano ambiental, sólo la Consejería de Fomento y Vivienda respondió con aportaciones.

El órgano ambiental, considerando el resultado de las consultas realizadas, elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del estudio ambiental estratégico del plan. El documento de alcance fue remitido al órgano promotor, responsable de la elaboración del estudio ambiental estratégico.

Atendiendo a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y a la información aportada en el documento de alcance a la entonces Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua, este órgano promotor elaboró el estudio ambiental estratégico en el que se han identificado los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación del Plan, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente viables.

El estudio ambiental estratégico también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los que interactúa.

Independientemente de las consultas realizadas por el órgano ambiental, durante la tramitación del Plan se han realizado las consultas preceptivas y trámite de audiencia por parte del promotor según establece el punto Sexto del Acuerdo de formulación del Plan, sometiéndose a información pública el estudio ambiental estratégico, junto con la versión preliminar del Plan mediante Resolución de 2 de octubre de 2015, de la entonces Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua, por la que se somete a información pública el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de influencia socio-económica y su Estudio Ambiental Estratégico (BOJA núm. 198, de 9 de octubre de 2015). Los resultados de este periodo de información pública se encuentran en la web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

3. Efectos significativos sobre el medio ambiente.

Al objeto de analizar los efectos ambientales del Plan, el Estudio Ambiental Estratégico ha realizado la correspondiente identificación y valoración en el nivel de mayor detalle propuesto, que son las Medidas del Plan, con los factores ambientales indicados en el Anexo II apartado C) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integral de Calidad Ambiental, excluyendo la salud humana, pues ninguna de las medidas a desarrollar tiene un efecto ni positivo ni negativo sobre la misma, y se han incluido dos factores socio-económicos de crucial importancia, como son el empleo y la economía.

El Plan incluye en sus propuestas un alto componente de integración ambiental, no previéndose impactos ambientales negativos significativos en su aplicación. No obstante, algunas de sus medidas pueden ocasionar efectos adversos sobre determinados factores ambientales. Seguidamente se presenta un resumen de estas medidas y sus efectos sobre el medio natural:

Núm. 2. Protección, conservación y puesta en valor del patrimonio geológico: El Parque Natural de Sierra Mágina tiene un importante y singular patrimonio geológico, con un alto valor científico, didáctico y turístico, en este sentido la puesta en valor de este patrimonio conlleva un potencial interés turístico. En esta medida se recogen todas aquellas actuaciones que se desarrollen en el Parque Natural para la protección y conservación del patrimonio geológico, así como la puesta en valor de este patrimonio usando preferentemente las últimas tecnologías (itinerarios por el patrimonio geológico en aplicaciones para móvil App). Estas medidas se enmarcan dentro de la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Geodiversidad.

- Efectos ambientales previsibles: La protección, conservación y puesta en valor del patrimonio geológico tendrá un carácter positivo para el paisaje. Solamente habrá que tener presente la saturación de visitantes que pueda conllevar efectos negativos en la conservación.

Núm. 6. Promoción y apoyo turismo cultural: Dentro de los municipios que integran el Área de Influencia Socio-Económica del Parque Natural de Sierra Mágina se organizan una serie de actividades dentro del ámbito cultural que resultan muy atractivos para los visitantes del mismo, festivales como «Imagina Funk» en Torres, «Festival Flamenco» en Jódar o la «Miga Flamenca» en Bedmar son ejemplos de ello. Con esta medida se pretende incluir, promocionar y apoyar los distintos campos culturales que se puedan desarrollar en el territorio a fin de promocionar el turismo cultural como un producto más del parque, festivales de teatro, música, certámenes de fotografía, costumbres populares o rutas culturales.

- Efectos ambientales previsibles: El fomento de las actividades socioculturales orientadas al turismo favorece al empleo y a la economía directamente. Habrá que tener presente que estas actividades podrían presentar efectos negativos para el paisaje, la fauna y flora por lo que se deberán contemplar medidas que compensen y amortigüen los posibles efectos adversos al medio ambiente.

Núm. 8. Definición del contenido del marketing turístico de sierra mágina: razones para visitar sierra mágina: Desde el punto de vista estratégico una de las principales carencias que presenta el espacio de Sierra Mágina es la inexistencia de un argumentario concreto para atraer visitantes. Es decir una o varias razones que inciten a los potenciales turistas a una visita al Parque Natural y su área circundante. La falta del citado argumentario es una característica de los parques naturales cuyo desarrollo turístico y empresarial no es vigoroso, por ello se requiere de un re-posicionamiento en términos de marketing. La estrategia propuesta pasa por la participación abierta en un concurso de ideas para agencias de comunicación y profesionales del turismo que responda a la pregunta ¿Por qué visitar Sierra Mágina? A partir del concurso se establecerá un argumentario de visita y posteriormente la estrategia de desarrollo turístico.

- Efectos ambientales previsibles: Esta medida en sí, no presenta ningún efecto negativo sobre el medio ambiente, pero la definición de la estrategia y puesta en marcha podría presentar efectos negativos sobre la vegetación, fauna y paisaje del Parque debido al aumento de turistas en la zona.

Núm. 9. Promoción de la práctica deportiva en el medio natural: Además de todos los beneficios que para la salud y la autonomía personal tiene la práctica del deporte, promueve la participación y la implicación social, facilita el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, y la diversificación de la economía y la apertura de nuevas oportunidades de negocio. Se trata de desarrollar un conjunto de acciones que consoliden la estructura de entidades y clubes deportivos; estudiar un calendario o circuito de pruebas deportivas singulares y de fuerte impacto en los medios (carreras de montaña, orientación, escalada, cicloturismo, bolos, triatlon, tiro con arco, ciclo cros, caza y pesca deportiva, etc.); analizar la opciones de negocio relacionadas con el deporte de naturaleza (apps, material deportivo, turismo activo, etc.); y, mejorar el conocimiento, señalización y seguridad de senderos y espacios para la práctica deportiva, promoviendo la tematización cultural y natural de las mismas.

- Efectos ambientales previsibles: La práctica deportiva, aunque positiva para la economía y el empleo tiene un efecto negativo sobre el medio ambiente. La afluencia de gente a las zonas protegidas influye de forma negativa sobre la flora, fauna y el suelo del lugar.

Núm. 10. Mejora de la capacidad de atracción de los alojamientos: El sector de los alojamientos de la comarca de Sierra Mágina es crítico para el desarrollo turístico pues, lógicamente, las visitas de más de un día de duración depende de ellos. De acuerdo a recientes estudios turísticos, de los dos elementos que deciden la visita uno es el territorio y el otro la calidad del alojamiento, en distintos pesos dependiendo del tipo de turismo. Es por ello que es crítico el establecimiento de medidas que refuercen la competitividad de los alojamientos. En concreto se propone actuar en las áreas de marketing y comercialización, tematización de los establecimientos y mejora de la profesionalización de los trabajadores del sector.

- Efectos ambientales previsibles: El aumento de atracción de turistas prevé un efecto positivo para la economía, el empleo, las infraestructuras y el patrimonio cultural, también presenta un efecto negativo sobre el agua, flora, fauna y el suelo del lugar por el aumento de población en la zona.

Núm. 11. Apoyo a la mejora de sistemas de comercialización conjunta en turismo: El desarrollo turístico del Parque Natural Sierra Mágina requiere de un impulso colectivo que ha de llevarse a cabo en dos dimensiones: aumentar la capacidad de atracción de visitantes y mejorar la experiencia. Para ello, y de acuerdo a las inquietudes del sector, se proponen las siguientes actuaciones: La creación de un portal turístico único que concentre todos los recursos, este portal ha de ser útil tanto para los visitantes como para los profesionales; el establecimiento de un plan de comunicación en los espacios cercanos, sobre todo en la provincia de Jaén, este plan habría de considerar los espacios turísticos cercanos, las importantes vías de comunicación que rodean al espacio natural y las poblaciones importantes cercanas; y el desarrollo de una política de promoción del destino turístico utilizando las redes sociales. El desarrollo de las actuaciones de comercialización conjunta ha de contar con la participación activa y la corresponsabilidad del sector, con el objeto de evitar actuaciones desvinculadas del interés propio de las empresas.

- Efectos ambientales previsibles: La mejora de sistemas de comercialización conjunta en turismo podría conllevar efectos negativos en la conservación de la fauna, vegetación y paisaje, en el supuesto caso de sobrepasar el número de visitantes límite en algunos enclaves más frágiles del Parque Natural. Sin embargo el incremento tiene una relación positiva en el empleo y la economía, sobretodo orientado a sectores más sostenibles.

Núm. 21. Programa de mejora de la calidad del aceite de oliva: El aceite de Oliva que se extrae en Sierra Mágina tiene unas características muy interesantes desde el punto de vista organoléptico. Sin embargo, el sistema productivo de Sierra Mágina tiene dificultades para poner en valor esta calidad fundamentalmente por dos razones: la falta de una cultura de comercialización eficaz y un sistema de producción que prima el volumen frente a la calidad. En esta medida se propone realizar un Programa de Mejora de la Calidad del Aceite de Oliva que deberá concienciar a los agricultores y a las almazaras para mejorar el producto obtenido y aumentar las capacidad de crear valor a través del aceite. Este programa de mejora de la calidad debería tener las siguientes fases: (I) fase de concienciación y capacitación de los equipos directivos de las cooperativas; (II) fase de concienciación de los agricultores; y (III) fase de implantación en las almazaras de procesos de producción, que mejoren la calidad del aceite producido en la Comarca de Sierra Mágina.

- Efectos ambientales previsibles: La mejora de la calidad del aceite de oliva puede plantear efectos negativos sobre el agua, el suelo y la vegetación de la zona, mientras que estimularía la economía y el empleo.

4. Integración de los aspectos ambientales en el Plan.

4.1. Integración ambiental del Plan.

Los efectos ambientales adversos cuentan en el Plan con una serie de medidas previstas para su reducción, prevención y compensación, siendo de aplicación a las propuestas del Plan indicadas en el apartado anterior:

a) Como medida de prevención de los posibles efectos negativos, habrá que estudiar en las zonas de actuación los emplazamientos que presenten mayor fragilidad ambiental, limitando en éstos el número máximo de visitantes al objeto de evitar daños en su protección. Se articularan sistemas que impidan sobrepasar este número máximo de visitantes mediante autorización, acompañamiento de guías, lanzaderas, etc.

Esta medida preventiva será de aplicación a las medidas del plan núm. 2. Protección, conservación y puesta en valor del patrimonio geológico; núm. 11. Apoyo a la mejora de sistemas de comercialización conjunta en turismo; núm. 8. Definición del contenido del marketing turístico de Sierra Mágina: razones para visitar Sierra Mágina; y núm. 10. Mejora de la capacidad de atracción de los alojamientos.

b) Antes de llevar a cabo cualquier evento o actividad se deberá presentar informe oportuno con el previsible impacto ambiental con el fin de valorar la viabilidad del evento para que no perjudique el medio ambiente.

Esta medida preventiva será de aplicación a la medida núm. 6. Promoción y apoyo turismo cultural.

c) Las prácticas a llevar a cabo solo podrán desarrollarse por los caminos y zonas habilitadas para ellas, que garantizarán la minorización del impacto ambiental negativo soportado.

Esta medida preventiva será de aplicación a la medida núm. 9. Promoción de la práctica deportiva en el medio natural.

d) Para evitar los posibles efectos negativos, se deberá controlar en todo momento de la producción del aceite, los residuos y la gestión de estos así como las posibles modificaciones o ampliaciones de infraestructuras para que respeten los factores ambientales.

Esta medida preventiva será de aplicación a la medida núm. 21. Programa de mejora de la calidad del aceite de oliva.

4.2. Integración ambiental en el procedimiento

El Documento de Alcance, como pronunciamiento del órgano ámbiental sobre la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del estudio ambiental estratégico del Plan, ha reunido todas las aportaciones realizadas por los distintos centros directivos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, proporcionando al Promotor toda la información disponible de utilidad al objeto de alcanzar la mayor integración ambiental del Plan en su ámbito de aplicación territorial.

5. Determinaciones ambientales.

Al objeto de alcanzar altos niveles de protección del medio ambiente y lograr la integración ambiental del Plan, como establece la Ley 7/2007, de 9 de julio, la propuesta de Plan asumirá las determinaciones ambientales consideradas por el órgano ambiental en los documentos e informes aportados a lo largo del proceso de evaluación ambiental realizado.

Entre las determinaciones ambientales a considerar se contempla la aplicación de las medidas previstas para prevenir, reducir y compensar cualquier efecto negativo y un programa de seguimiento ambiental acorde con lo contemplado en los apartados 5 y 6 del Estudio Ambiental Estratégico: Probables efectos sobre el Medio Ambiente en la aplicación del Plan y las medidas previstas para prevenir, reducir o compensar los mismos; y Evaluación y Seguimiento.

El programa de seguimiento ambiental velará por el cumplimiento de los principios de sostenibilidad y objetivos de protección ambiental, proporcionando una valoración de las afecciones reales del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina y su Área de Influencia Socio-Económica y de la integración ambiental alcanzada durante su ejecución. En concreto, los principales objetivos a perseguir por este programa de seguimiento ambiental serán:

- Verificar la información que figura en el Estudio Ambiental Estratégico.

- Constatar la adecuación de la evaluación de los efectos significativos sobre el medio ambiente realizada a los efectos reales de la aplicación del Plan.

- Identificar con prontitud posibles desviaciones en dicha evaluación, así como efectos adversos no previstos.

- Evaluar la aplicación de las medidas correctoras para dichos efectos.

- Aplicar las oportunas medidas para corregir y evitar las desviaciones observadas y efectos no previstos.

- Valorar el grado de integración ambiental del Plan y su contribución al desarrollo sostenible.

Para realizar este seguimiento, se utilizará un sistema de indicadores al objeto de valorar la afección ambiental producida por las operaciones del Plan durante su ejecución, poniendo de manifiesto la tendencia de acercamiento o alejamiento a los principios de sostenibilidad establecidos. El sistema de indicadores a emplear estará compuesto por los indicadores contemplados en el Documento de Alcance y en el Estudio Ambiental Estratégico.

Los objetivos del sistema de indicadores serán:

- Ofrecer una impronta de la situación medioambiental del ámbito del Plan.

- Realizar un seguimiento ágil de los factores que revele las posibles incidencias de las actuaciones derivadas del Plan.

- Valorar y poner de manifiesto las tendencias de acercamiento o alejamiento de la sostenibilidad durante el desarrollo del Plan.

El sistema de indicadores a emplear en los ámbitos autonómico, provincial y de la planificación es el siguiente:

INDICADORES DE LA INTEGRACIÓN AMBIENTAL DEL PLAN UNIDAD
Agua
Consumo medio diario de agua por habitante m3/día
Residuos
Generación de residuos de competencia municipal tonelada/año
Riesgos
Incendios forestales nº/año
Población
Personas desempleadas %
Población total del área de influencia nº hab
Población masculina nº hab
Población femenina nº hab
Población menor de 16 años nº hab
Población de 16 a 64 años nº hab
Población de 65 y más años nº hab
Densidad de población

nº hab/ km2Mercado laboralPersonas ocupadasnº personasPersonas ocupadas en agriculturanº personasPersonas ocupadas en industrianº personasPersonas ocupadas en construcciónnº personasPersonas ocupadas en servicionº personasPersonas desempleadasnº personasIntensidad de desempleonº per./ pers. 16 a 64 añosEconomíaEstablecimientos económicos en el área de influencianºEstablecimientos en industrianºEstablecimientos en construcciónnºEstablecimientos en comercionºEstablecimientos en transportenºEstablecimientos en hosteleríanºEstablecimientos en información y comunicaciónnºEstablecimientos en bancanºEstablecimientos en resto serviciosnºEstablecimientos turísticosnºEmpresas de turismo activonºEmpresas ecológicasnºCenso ganadero ovino (cabezas)cabezasCenso ganadero caprino cabezasCenso ganadero bovino cabezasCenso ganadero porcino cabezasGanadería ecológica- rumiantes cabezasGanadería ecológica- porcino cabezasGanadería ecológica- colmenascolmenasAgricultura ecológicahaExtensión superficial cultivadahaINDICADORES DE LA INTEGRACIÓN AMBIENTAL DEL PLANUNIDADIndicadores organísmicosEstado poblacional de especies amenazadasnºExtensión de especies introducidas (área ocupada)haFauna exótica detectada (especies)nºFlora exótica detectada (especies)nºActuaciones en conservación o regeneración de humedalesnºIndicadores paisajísticosPérdida de cubierta forestal (deforestación)haConservación de humedalesnºSuperficie repobladahaEstado de conservación de las riberaskmSuperficie afectada por incendios forestaleshaDentro del programa de seguimiento, el Órgano Promotor realizará las correspondientes memorias de sostenibilidad, como parte de los informes de seguimiento de la ejecución del Plan y con la periodicidad definida para éstos.
En estas memorias de sostenibilidad, que deberán ser remitidas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Viceconsejería), como Órgano Ambiental competente en el procedimiento de Evaluación Ambiental, se analizará el grado de integración ambiental del Plan durante el periodo de ejecución correspondiente, identificando las posibles incidencias ambientales ocurridas, proponiendo, en su caso, las medidas necesarias que mejoren la integración ambiental del Plan y su contribución al desarrollo sostenible, así como la conveniencia de proceder a su posible modificación o revisión.
Sevilla, 11 de diciembre de 2017.- El Viceconsejero, José L. Hernández Garijo.

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