Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 27/12/2017

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Consejería de Salud

Anuncio de 14 de diciembre de 2017, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Huelva, de resolución de modificación del acogimiento de fecha 13 de diciembre de 2017, adoptado en el expediente que se cita.

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De conformidad con el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 29 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación a la madre Ingrit Katherine Restrepo Gaviria, del menor E.R.G., al desconocerse su paradero, se publica este anuncio por el que se notifica Acuerdo de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de fecha 13 de diciembre de 2017, adoptado en el expediente de protección núm. 352-2007-00003791-1, por el que se resuelve:

1. Declarar la Idoneidad de C.G.T. y M.R.P. para un Acogimiento Familiar Permanente.

2. Acordar la extinción del acogimiento familiar preexistente acordado por Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 7 de mayo de 2008 y constituir el Acogimiento Familiar Permanente en Familia Extensa del menor E.R.G. con C.G.T. y M.R.P.

3. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 5 de marzo de 2008, respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre el menor.

4. Respecto del derecho de visitas de familiares, el menor podrá recibir visitas de familiares de común acuerdo con sus acogedores, según disponibilidad de las partes interesadas y en presencia de los acogedores.

Se le informa que contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Se le significa que los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente según el artículo 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Huelva, 14 de diciembre de 2017.- El Delegado, Rafael López Fernández.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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