Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 06/03/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 15 de noviembre de 2016, por la que se concede una prórroga de la autorización administrativa al centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», de Jerez de la Frontera (Cádiz), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero. (PP. 3251/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Rafael Rufino Candau, como representante de la entidad Campus El Sabio, S.L., titular del centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», con código 11012383 y domicilio en C/ Alemania, s/n, portal 1, de Jerez de la Frontera (Cádiz), solicitando la prórroga de la autorización temporal con la que cuenta el centro para los cursos desde Pre-Nursery hasta Year 2 (6-7 años de edad) y desde Year 12 (16-17 años de edad) hasta Year 13 (17-18 años de edad) del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo.

Resultando que, por Orden de esta Consejería de Educación, el citado centro tiene autorización para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero para 360 puestos escolares desde Pre-Nursery (2 años) hasta Year 13 (17-18 años).

Resultando que en el expediente ha recaído informe favorable del British Council en España.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder una prórroga de su autorización temporal al centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», código 11012383 y domicilio en C/ Alemania, s/n, portal 1, de Jerez de la Frontera (Cádiz), para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Con autorización temporal:

Pre-nursery (2 años): para 10 puestos escolares.

Nursery y Reception (3 - 5 años) para 40 puestos escolares.

Desde Year 1 (5-6 años) a Year 2 (6-7 años) para 44 puestos escolares.

Desde Year 12 (16-17 años) a Year 13 (17-18 años) para 45 puestos escolares.

Con autorización plena:

Desde Year 3 (7-8 años) a Year 11 (15-16 años) para 221 puestos escolares.

Total de puestos escolares autorizados: 360.

Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en la normativa vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se establecen las enseñanzas correspondientes a la educación infantil, a la educación primaria y a la educación secundaria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas o materias de Conocimiento del entorno, de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales o de Geografía e Historia, recogidos en la normativa anteriormente citada.

Cuarto. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden tendrá validez hasta el 11 de mayo de 2018, para las enseñanzas desde Pre-nursery a Year 2 y de Year 12 a Year 13; hasta el 31 de mayo de 2018, para las enseñanzas desde Year 3 a Year 9, y hasta el 15 de noviembre de 2019, para las enseñanzas desde Year 10 a Year 11, en consideración a los certificados emitidos por el British Council. A partir de estas fechas, la autorización dependerá de una nueva inspección de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de noviembre de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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