Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 13/03/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Játar (Granada).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Játar (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 20 de febrero de 2017, la Comisión Gestora que actualmente rige el Ayuntamiento de Játar (Granada) acordó, con el quórum establecido en el artículo 14  de dicha Ley, la adopción de su escudo y bandera municipal con las siguientes descripciones:

Escudo: Escudo partido y medio cortado. Primero de gules, con una columna jónica en plata con su capitel y base en oro, sumada de una granada al natural, rajada de gules con dos hojas de sinople. Segundo cortado: de azur con una sierra al natural; cortado de sinople con cinco caños surtiendo agua al natural puesto en sotuer. Timbrado con corona real española.

Bandera: Bandera rectangular de proporciones 2:3. Formada por un paño de color azul en el que sobre su borde inferior lleva un triángulo isósceles de color rojo, situando su vértice hacia la parte central del rectángulo; partiendo de los extremos del borde inferior sendas franjas blancas que se unen en el punto central del paño. Sobre el todo, centrado, el escudo de armas del municipio.

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 1 de marzo de 2017, se solicita por esta Entidad Local la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada Ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, en el artículo 3 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Játar (Granada) con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Játar (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de marzo de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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