Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 16/03/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Secretaría General de Finanzas y Sostenibilidad, por la que se aprueban modelos normalizados de solicitudes previstas en el Decreto 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de los tiempos de pago de determinadas obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales.

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El artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que «Cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los interesados».

De acuerdo con lo anterior, la disposición adicional sexta del Decreto 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de los tiempos de pago de determinadas obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales, habilita a la persona titular de la Secretaría General de Finanzas y Sostenibilidad a aprobar «los modelos que deberán ser utilizados por las personas interesadas para la presentación de las solicitudes a las que se refiere este Decreto».

En particular, con la presente Resolución se aprueban los modelos de solicitudes a que se refieren los artículos 11 y 12 –apartados 2 y 4 b)–, del citado Decreto 5/2017, de 16 de enero, esto es:

a) Solicitud de modificación del certificado del estado de tramitación de la obligación de pago.

b) Reclamación del derecho de garantía de los tiempos de pago.

c) Solicitud de selección de la entidad de crédito para ejercer el derecho de garantía de los tiempos de pago.

Así, cuando obtenido el certificado del estado de tramitación de las obligaciones de pago garantizadas las personas acreedoras muestren su disconformidad con cualquiera de los datos que formen parte de su contenido, podrán solicitar la modificación del certificado mediante el modelo «Solicitud de modificación del certificado del estado de tramitación de la obligación de pago» que se aprueba con la presente Resolución.

Por su parte, transcurridos los plazos previstos en el artículo 4 del Decreto 5/2017, de 16 de enero, sin que se haya efectuado el pago de las obligaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de dicho Decreto, las personas acreedoras podrán reclamar el derecho de garantía de los tiempos de pago, para lo cual deberán utilizar el modelo «Reclamación del derecho de garantía de los tiempos de pago» que se adjunta a esta Resolución.

Finalmente, para ejercitar el derecho de cobro mediante la instrumentación de la garantía prevista en el artículo 15 del referido Decreto, la persona acreedora deberá seleccionar, a través del modelo «Solicitud de selección de la entidad de crédito para ejercer el derecho de garantía de los tiempos de pago» que se aprueba mediante esta Resolución, una de las entidades de crédito a que se refiere el apartado 2 de dicho artículo.

En su virtud, en base a la habilitación contenida en la disposición adicional sexta del Decreto 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de los tiempos de pago de determinadas obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales, y previa la normalización de los modelos de solicitud por la Dirección General de Planificación y Evaluación,

RESUELVO

Primero. Aprobar los siguientes modelos normalizados que deberán ser utilizados por las personas interesadas para la presentación de las solicitudes a que se refieren el artículo 11 y los apartados 2 y 4.b) del artículo 12 del Decreto 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de los tiempos de pago de determinadas obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales:

a) Solicitud de modificación del certificado del estado de tramitación de la obligación de pago.

b) Reclamación del derecho de garantía de los tiempos de pago.

c) Solicitud de selección de la entidad de crédito para ejercer el derecho de garantía de los tiempos de pago.

Segundo. Publicar los modelos de solicitud que se anexan a esta Resolución, los cuales se encontrarán a disposición de las personas interesadas en la página web de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en la dirección http://juntadeandalucia.es/organismos/haciendayadministracionpublica.html, así como en las sedes de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Tercero. Esta Resolución surtirá efectos a partir del 20 de marzo de 2017.

Sevilla, 8 de marzo de 2017.- La Secretaria General, Inés M.ª Bardón Rafael.

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