Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 21/03/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de febrero de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, dimanante de autos núm. 348/2015.

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NIG: 28.079.00.4-2015/0013354.

Autos núm.: Procedimiento Ordinario 348/2015.

Materia: Reclamación de Cantidad

Ejecución núm.: 95/2016.

Ejecutante: Organización Nacional Ciegos Españoles.

Ejecutada: Doña María Emilia Jiménez Jiménez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 95/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Organización Nacional Ciegos Españoles frente a doña María Emilia Jiménez Jiménez sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva del Decreto de fecha 7.2.2017.

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se acuerda,

Declarar a la ejecutada, doña María Emilia Jiménez Jiménez, en situación de Insolvencia Parcial por importe de 3.249,96 €, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Póngase a disposición de la ejecutante, ONCE, el importe de 55,82 euros consignado, a cuenta del principal, para lo que se expedirá el correspondiente mandamiento de devolución que podrá pasar a recoger en Secretaría una vez adquiera firmeza la presente resolución.

Una vez firme la presente resolución líbrese testimonio, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial y vuelvan las actuaciones a la situación de archivo en que se encontraban, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Emilia Jiménez Jiménez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.

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