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En cumplimiento de lo ordenado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla en el procedimiento ordinario núm. 97/2017, que tiene origen en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil «Infraestructuras y Gestión 2002, S.L.» contra Acuerdo de 29 de noviembre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la entidad Infraestructuras y Gestión 2002, S.L., contra el Acuerdo de 2 de agosto de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se convoca concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial de ámbito local en Andalucía, y se aprueba el Pliego de Bases que ha de regir el mismo (BOJA núm. 152, de 9 de agosto de 2016), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo número 97/2017, y ordenar la remisión del correspondiente expediente administrativo a la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del demandante, a fin de que si lo estimasen conveniente a sus intereses puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta Resolución, ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 21 de marzo de 2017.- La Secretaria General Técnica, Cristina Fernández-Shaw Sánchez-Mira.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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