Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2017

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Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 27 de marzo de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la Resolución de 24 de marzo de 2017, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Política Digital, por la que se implanta la factura electrónica en la Agencia Pública Sanitaria Poniente.

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En fecha 24 de marzo de 2017, se ha dictado Resolución conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Política Digital, por la que se implanta la factura electrónica en la Agencia Pública Sanitaria Poniente, que figura como Anexo a esta Resolución.

En cumplimiento de lo acordado en la citada Resolución conjunta, se da publicidad a la misma mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de marzo de 2017.- La Secretaria General Técnica, María del Mar Clavero Herrera.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE 24 DE MARZO DE 2017, CONJUNTA DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DIGITAL, POR LA QUE SE IMPLANTA LA FACTURA ELECTRÓNICA EN LA ENTIDAD QUE SE INDICA

En cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria única de la Orden del 29 de enero de 2015, por la que se regula el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz, y en cumplimiento de la disposición transitoria primera del Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico, la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Dirección General de Política Digital,

RESUELVEN

Primero. La fecha de implantación de la factura electrónica en la Agencia Pública Sanitaria Poniente se establece el 30 de marzo de 2017. Desde ese momento le será de aplicación el Decreto 75/2016, de Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico.

Segundo. Procedimiento de implantación.

A la fecha de implantación, la entidad enunciada anteriormente deberá haber llevado a cabo tanto las labores de integración con el punto de factura, con el Registro Contable de Facturas, así como con el Censo Único de Obligaciones. La Consejería de Hacienda y Administración Pública publicará la tripleta de dicha entidad en los puntos de entrada de facturas.

Tercero. Obligatoriedad del uso.

Los proveedores de la citada entidad estarán obligados a emitir factura electrónica dentro de los supuestos descritos en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, y del artículo 3 de la Orden del 29 de enero de 2015, por la que se regula el punto general de entrada de factura electrónica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz.

Cuarto. Comunicación.

La presente Resolución se comunicará a las personas titulares de la Dirección la Agencia Pública Sanitaria Poniente, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de marzo de 2017.- El Interventor General de la Junta de Andalucía. Fdo.: Vicente Cecilio Fernández Guerrero; el Director General de Política Digital. Fdo.: Jesús Huerta Almendro.

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