Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 03/04/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 23 de marzo de 2017, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo de la provincia de Almería.

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. Una vez aprobada la adopción, modificación o rehabilitación de símbolos, estos deberán inscribirse en el Registro Andaluz de Entidades Local.

Asimismo, se establece en la Disposición transitoria segunda de la mencionada Ley que también aquellos símbolos aprobados con anterioridad a su entrada en vigor y los que se vinieran utilizando de forma tradicional en virtud de uso o costumbre, habrán de inscribirse en el mencionado Registro, aportando la correspondiente documentación.

Con fecha 20 de febrero de 2017 se recibe en el Registro General de esta Consejería, escrito de la Excma. Diputación Provincial de Almería por el que se solicita la inscripción de su escudo provincial, el cual viene utilizando, según justifica con la documentación aportada, desde la aprobación del mismo por el entonces Ministerio de la Gobernación con fecha 25 de junio de 1952. La descripción del escudo es la siguiente:

«Partido en dos y cortado de lo mismo, que hacen nueve cuarteles. Primero, de gules, un castillo de plata; segundo de azur, la gavilla de trigo de oro; tercero, de oro, tres montes de su color con matas de ortigas sobre ondas de azur y plata; cuarto, jaquelado de gules y plata, un castillo semiderruido de oro; quinto, de azur, un castillo de oro con llave de plata en jefe; secto, de azur, el castillo de oro siniestrado con una llave de plata; séptimo, de plata, el león de gules; octavo, de gules, dos torres de plata con una llave enhiesta del mismo metal entre ellas; noveno igual que el tercero y, en escudete sobre el todo, las Armas de Almería, capital de la Provincia. Timbrado de corona mural con cuatro torres vistas, intercaladas de almenas, de oro mazonado de sable.»

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en la Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, en el artículo 3 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo de la provincia de Almería, con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral de la provincia de Almería en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo provincial.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de marzo de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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