Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 10/04/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de marzo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Sevilla, dimanante de autos núm. 1272/2015.

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NIG: 4109142C20150045506.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1272/2015. Negociado: 2V.

De: Jorge Manuel Verdugo Adones.

Procurador: Sr. Francisco Franco Lama.

Contra: Rosa Meivis Ortiz Camacho.

E D I C T O

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de Divorcio Contencioso 1272/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Sevilla a instancia de Jorge Manuel Verdugo Adones contra Rosa Meivis Ortiz Camacho, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 131/2017

En Sevilla, a seis de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos por la Ilma. Magistrada Juez de Primera Instancia núm. Siete (Familia) de Sevilla, doña Antonia Roncero García, los presentes autos sobre demanda contenciosa de divorcio, seguidos con el número 1272/2015 instados por el Procurador Sr. Franco Lama en nombre de don Jorge Manuel Verdugo Adones contra doña Rosa Meivis Ortiz Camacho declarado en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Franco Lama en nombre de don Jorge Manuel Verdugo Adones contra doña Rosa Meivis Ortiz Camacho declaro disuelto el matrimonio por divorcio y el régimen económico de sociedad de gananciales y asimismo, que se adopten, efectos definitivos los siguientes:

Los cónyuges podrán vivir separados acordándose la revocación de los poderes que hayan podido otorgarse dichos cónyuges.

Sin costas procesales.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio, para su anotación marginal correspondiente.

Notifíquese la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo formularse recurso de apelación en el plazo de veinte dias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

E./

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Rosa Meivis Ortiz Camacho, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintitrés de marzo de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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