Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 12/01/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Corrección de errores del Decreto 96/2016, de 3 de mayo, por el que se regula la prevención y lucha contra plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (BOJA num. 86, de 9.5.2016).

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Advertidos errores en el Decreto 96/2016, de 3 de mayo, por el que se regula la prevención y lucha contra plagas, el uso sostenible de productos fitosanitarios, la inspección de equipos para su aplicación y se crea el censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 86, de 9 de mayo de 2016, se procede a su corrección en los siguientes términos:

Primero. En la página 34, en el apartado a) de la Disposición derogatoria única, donde dice:

«a) Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas; permaneciendo en vigor los artículos 2b), 3.2.d), 6.1.»

Debe decir:

«a) Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas; permaneciendo en vigor los artículos 2b), 3.2d), 4, 5.1 a), c) y d), 6.1, 7, 8.2, 8.4, 8.5, 9, 10 y Anexo IV en lo relativo a los biocidas para higiene veterinaria.»

Segundo. En la página 34, en el apartado c) de la Disposición derogatoria única, donde dice:

«c) Orden de 3 de abril de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas; permaneciendo en vigor los artículos 1 al 4 en lo relativo a biocidas para la higiene veterinaria.»

Debe decir:

«c) Orden de 3 de abril de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas; permaneciendo en vigor los artículos 1 al 4 (salvo el apartado b) del artículo 3), y el Anexo I en lo relativo a biocidas para la higiene veterinaria.»

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