Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 17/04/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 7 de abril de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00111630.

Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación, significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1. Expte. CA/2005/655/AGMA/ENP. Carlos Daza Sedeño. Tarifa (Cádiz). Imposición de una 9ª Multa Coercitiva. Realizar cuatro explanaciones de la siguiente extensión: 1ª - de 15,6 m X 53 m y un camino accesorio de 53 m X 2,5 m; 2ª - de 14 m X 24 M sin camino; 3ª - de 25,4 m X 13,5 m y dos caminos de acceso, uno de 41,4 m y otro 39,9 m X 2,5 m; 4ª – de 24,1 m X 19,5 m y un camino 68 m X 2,5 m. En el paraje conocido como Cañada Matamoros, en el Parque Natural del Estrecho, en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Acuerdo: Imponer a Carlos Daza Sedeño una 9ª Multa Coercitiva, en la cuantía de 601,01 euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de restitución del terreno a su estado originario según Plan Técnico que al efecto habrá que elaborarse.

2. Expte. CA/2014/542/AGMA/ENP. Siroco Jaloque S.R.L. Sevilla (Sevilla). Imposición de una 5ª Multa Coercitiva. Llevar a cabo la instalación de estructura desmontable de hierro con plancha prefabricada de una superficie de 48 m², en el Espacio Natural Protegido Parque Natural del Estrecho, Monte Público Sierra Alta, y afectada por servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, sin autorización. En el paraje conocido como El Lentiscal, en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Acuerdo: Imponer a Siroco Jaloque S.R.L., una 5ª Multa Coercitiva, en la cuantía de 1.500 euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de solicitar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones; a este respecto, se comunica que, conforme a lo indicado por el Parque Natural es necesaria la presentación de la solicitud de licencia del Ayuntamiento de Tarifa.

3. Expte. CA/2015/549/PA/PA. Metalgráfica Malagueña S.A. Algeciras (Cádiz). Imposición de una 3ª Multa Coercitiva. Vertido incontrolado de residuos no peligrosos (escombros, restos de obra y neumáticos fuera de uso). En el paraje conocido como Barriada del Cobre (antigua nave industrial de Matalsa), en el t.m. de Algeciras (Cádiz). Acuerdo: Imponer a Metalgráfica Malagueña S.A., una 3ª Multa Coercitiva, en la cuantía de 333 euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de retirada de los residuos y entrega a gestor autorizado.

4. Expte. RL 2-2016/2012-654. José María Rodríguez Cote. Algeciras (Cádiz). Propuesta de Resolución del Expediente de Restauración de Legalidad. Realizar trabajos de restauración de construcción existentes en Espacio Natural Protegido, sin autorización. Los trabajos consisten en sustitución de techos, reparación de paredes y acondicionamiento general. Extracción de aguas mediante motor, procedentes del Arroyo Alelies. Propuesta: Obligación no pecuniaria de restitución del terreno a su estado anterior.

5. Expte. CA/2016/404/AGMA/VP. Río Celemín, S.L., Los Barrios (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Construcción de cancela a la entrada de la finca en la linde con la vía pecuaria de La Jaula mediante postes de obra de fábrica de 06 X 0,6 X 2,5 m de alto y cancela de hierro de 4,5 m de largo. Instalación de 312 m de malla cinegética de 2 m de alto con los huecos de los cuadros inferiores de la malla con unas medidas de 15 cm por 10 cm, en Espacio Natural Protegido sin autorización. Ocupación de 720 m² de Dominio Público Pecuario mediante la instalación de malla cinegética de 2,5 m de alto sin autorización, en la finca «El Porretal y Las Lagunetas», en el espacio protegido Los Alcornocales, en el t.m. de Medina Sidonia (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 21.2.d) de la Ley 3/1995, de Vías Pecuarias. Calificada como Muy Grave y sancionable según art. 21.2.d) y 22.1.c) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 30.050,62 euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones, debiendo quedar la vía pecuaria libre y expedita.

6. Expte. CA/2016/593/GC/ENP. Jesús Iniesta García. Sevilla (Sevilla). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Acampar con una bombona de gas con cocinilla y varias sillas y enseres. En el paraje conocido como Tapia, en el espacio protegido (del Estrecho), en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.a) de la Ley 2/89,, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 26.1.i) de la Ley 2/89,, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 150 euros.

7. Expte. CA/2016/729/GC/ENP. Rocío Bermúdez Gómez. San José del Valle (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Acampar junto a otras personas en un velador con cortinas de uno 3 X 3 m, en una zona del Parque Natural del Estrecho, careciendo de autorización para ello. En el paraje conocido como Ensenada de Valdevaqueros, en el espacio protegido (del Estrecho), en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.a) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 100 euros.

8. Expte. CA/2016/878/GC/ENP. Rocío de Gorostizaga Riveiro. Sevilla (Sevilla). Propuesta de Procedimiento. Acampada ilegal en el Parque Natural Las Breñas con tienda de campaña que ocupa 2 m², teniendo numerosos enseres esparcidos por los alrededores. En el paraje conocido como Caños de Meca, en el espacio protegido (Las Breñas y Marismas de Barbate), en el t.m. de Barbate (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.a) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Sanción de Multa Pecuniaria: 200 euros.

9. Expte. CA/2016/960/AGMA/ENP. María Rubiales Pan. Benaocaz (Cádiz). Propuesta de Resolución. Ejecución de obras consistentes en piscina, terraza anexa construida al mismo nivel que la piscina sirviendo además para albergar la depuradora, barbacoa techada con tejas rústicas; todo ello en Espacio Natural Protegido sin autorización administrativa. En el paraje conocido como Tavizna, en el espacio protegido (Sierra de Grazalema), en el t.m. de Benaocaz (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.i) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Propuesta: Sanción de Multa Pecuniaria: 300 euros. Otras obligaciones no pecuniarias: instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones.

10. Expte. CA/2017/35/AGMA/ENP. María Rodríguez de Moya Velasco. Sevilla (Sevilla). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. Transitar por el Sendero de Uso Público Señalizado Sendero Llanos del Rabel situado en el interior del Área de Reserva (Zona A) del Parque Natural Sierra de Grazalema careciendo de la preceptiva autorización administrativa. En el paraje conocido como Hoyos del Pinar, en el espacio protegido Sierra de Grazalema, en el t.m. de Grazalema (Cádiz). Acuerdo: Abrir un período para la práctica de las siguientes pruebas: Instar de los agentes denunciantes informe sobre el contenido del escrito de alegaciones con especial incidencia en lo referente a la existencia o no de señalización de la necesidad de obtener autorización para acceder a la zona.

11. Expte. CA/2017/171/GC/ENP. Carlos Nieves Lameiro. Palma de Mallorca (Islas Baleares). Acuerdo de Iniciación de procedimiento sancionador y Formulación de Cargos. Estacionar el vehículo matricula O-9117-BP en el Parque Natural del Estrecho, concretamente en la zona de Cerro Arena donde se encuentra prohibida la circulación y estacionamiento de vehículos. Asimismo el denunciado se encontraba durmiendo en el interior del vehículo. Asimismo existen carteles que anuncian la prohibición de circular, estacionar y acampar, en el paraje conocido como Cerro Arena, en el espacio protegido (del Estrecho), en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.d) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.d) y 27.1.a) del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 26.1.i) de la Ley 2/89, de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según art. 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Multa: 150 euros.

12. Expte. CA/2017/173/GC/PA. Soluciones Palma S.L. Medina Sidonia (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de procedimiento sancionador y Formulación de Cargos. Emisión de certificados de destrucción de vehículos sin haber procedido a la descontaminación y desguace de los mismos. Los certificados de destrucción tienen fecha de 15/06/2016 y los vehículos se detectaron sin descontaminar en fecha 6/09/2016, en el paraje conocido como C/ Alemania, 5 (Centro Autorizado Tratamiento Palma), en el t.m. de Medina Sidonia (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 43.3-b) de la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados. Calificada como Grave y sancionable según art. 43.3-b) y 47.1-b) del mismo texto legal. Acuerdo: Multa: 3.000 euros.

13. Expte. CA/2017/185/GC/PA. Soluciones Palma S.L. Medina Sidonia (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de procedimiento sancionador y Formulación de Cargos. El reglamento de Residuos de Andalucía obliga a las personas o entidades productoras de residuos peligrosos a presentar antes del 1 de marzo una declaración anual de la producción de los residuos del año inmediatamente anterior. La mercantil presentó la memoria anual correspondiente al año 2015. no obstante, para la tramitación de dicha memoria anual , el gestor tiene la obligación de abonar una tasa en concepto de servicios facultativos en materia de residuos peligrosos, sin cuyo cumplimiento no se puede realizar la tramitación de la documentación. Siéndole requerido el abono de dicha tasa, no ha sido atendido por el interesante, en el paraje conocido como Cádiz (Provincia de Cádiz), en el t.m. de Cádiz (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 147.1.e) de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como Grave y sancionable según art. 147.1.e) y 147.2 del mismo texto legal. Acuerdo: Multa: 800 euros.

Cádiz, 7 de abril de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

Descargar PDF