Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 17/04/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 20 de marzo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Algeciras, dimanante de autos núm. 1804/2015.

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NIG: 1100442C20150007993.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1804/2015. Negociado: D.

De: Norath Sánchez Rojas.

Procuradora: Sra. Laura Isabel Sánchez González.

Contra: Alcides Abel Nicolás Sánchez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1804/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Algeciras (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Norath Sánchez Rojas contra Alcides Abel Nicolás Sánchez sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Algeciras (Cádiz).

Procedimiento: Privación patria potestad 1804/2015.

SENTENCIA Núm. 192/2016

En Algeciras, a 17 de octubre de 2016.

Vistos por mí, doña Lara I. Blanco Coronil, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de este partido, los autos de juicio número 1804/15, promovidos por la Procuradora doña Laura Isabel Sánchez González, en nombre y representación de doña Norath Sánchez Rojas, asistida por el Letrado don Juan García-Beamud Pérez, contra don Alcides Abel Nicolás Sánchez, declarado en rebeldía teniendo por objeto privación de patria potestad, se procede a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora doña Laura Isabel Sánchez González, en nombre y representación de doña Norath Sánchez Rojas, contra don Alcides Abel Nicolás Sánchez, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas respecto al menor Alcides Nicolás Sandoval Sánchez:

Se otorga en exclusiva la patria potestad sobre el mencionado hijo menor a la madre, privando al padre de la titularidad y ejercicio de la misma.

Se concede a la madre, la guarda y custodia del hijo común citado, sin que proceda establecer régimen de comunicaciones y estancias con el padre.

No proceder imponer condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a resolver por la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada que fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrada-Juez Titular que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Alcides Abel Nicolás Sánchez, extiendo y firmo la presente en Algeciras, a veinte de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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