Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 18/04/2017

5. Anuncios5.1 Licitaciones públicas y adjudicaciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 7 de abril de 2017, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, de revocación del expediente para la contratación de suministro mediante procedimiento abierto.

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Expte. AL/SUM/04/17 RTL

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 1 de marzo de 2017 se dictó por esta Delegación Territorial, Acuerdo de Inicio de expediente de contratación para el suministro de productos alimenticios para la Residencia de Tiempo Libre de Aguadulce (Almería).

Segundo. En el BOJA núm. 63, de 3 de abril de 2017, se publicó Resolución de 21 de marzo de 2017, de esta Delegación Territorial por la que se anunciaba la licitación mediante procedimiento abierto del citado suministro. Con esa misma fecha se publicó en la plataforma de contratación de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Almería.

FUNDAMENTO DE DERECHO

I. Esta Delegación Territorial resulta competente para dictar la presente Resolución tenor de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

II. El artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que: «Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico».

Advertidos errores aritméticos en el cálculo del presupuesto de licitación que afecta a los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica de los licitadores y a fin de favorecer la mayor concurrencia posible en la futura licitación que tenga lugar, se considera conveniente, revocar los actos administrativos afectados por los errores mencionados y mantener aquellos cuyo contenido sea susceptible de conservar.

En base a lo anterior;

RESUELVO

Primero. Revocar los actos administrativos afectados por los errores aritméticos en el cálculo del presupuesto de licitación que afecta a los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica de los licitadores y mantener aquellos cuyo contenido sea susceptible de conservar.

Segundo. Publicar la presente Resolución en el Perfil de Contratante de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Almería y en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Exmo. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, pudiéndose presentar en cualquiera de los lugares que posibilita el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los arts.121 y 122 de la citada Ley 39/2015 y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Almería, 7 de abril de 2017.- El Delegado, Miguel Ángel Tortosa López.

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