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NIG: 4109142C20140063868.
Procedimiento: Proced.Ordinario (N) 1972/2014. Negociado: 3T.
De: Aktiv Kapital Portfolio As, Oslo.
Procuradora: Sra. María Gabriela Duarte Domínguez.
Contra: Don Mohamed Ibrahim Rady Yasser.
E D I C T O
En el presente procedimiento Proced.Ordinario (N) 1972/14 seguido a instancia de Pra Iberia, S.L., Unipersonal frente a don Mohamed Ibrahim Rady Yasser con NIF 30262107H se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
«SENTENCIA núm. 160
En Sevilla, a 1 de julio de 2016, vistos por don Antonio Marco Saavedra Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 27 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el núm. 1972/14, a instancia de Aktiv Kapital Portfolio As Oslo, representada por la Procuradora Duarte Domínguez y asistida por Letrado, contra don Mohamed Ibrahim Ray Yasser, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad
F A L L O
Que estimando la demanda formulada por la procuradora Sra. Duarte Rodríguez en nombre y representación de Aktiv Kapital Portfolio As Oslo, contra don Mohamed Ibrahim Ray Yasser, le debo condenar y condeno a abonar a la actora la suma de 9.254,42 euros, con sus intereses legales y al pago de las costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación. El recurso se interpondrá ante este tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.
En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.
Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banesto con el número 4356, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (DA 15.ª LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»
Y encontrándose dicho demandado, don Mohamed Ibrahim Rady Yasser en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a doce de enero de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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