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NIG: 1817542C20110002043.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 772/2011. Negociado: 7.
De: Doña Matilde Gracia Moral y Antonio Abad Romero.
Procurador Sr.: Juan Antonio Montenegro Rubio.
Contra: Urbanizadora Conydesa, S.A.
E D I C T O
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 772/2011, seguido a instancia de Matilde Gracia Moral y Antonio Abad Romero frente a Urbanizadora Conydesa, S.A., con CIF A-18023119, y último domicilio conocido en Granada, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Juan Antonio Montenegro Rubio en nombre y representación de doña Matilde Gracia Moral y don Antonio Abad Moreno frente a la mercantil Urbanizadora Conydesa, S.A., la condeno a realizar todos y cada uno de los trámites que fueren necesarios, incluida la segregación previa que corresponda, en orden a llevar a cabo el otorgamiento de escritura pública de venta a favor de los actores, sobre la finca que consta en el documento privado unido al escrito de demanda y que aquí se da por reproducido y otorgando los documentos públicos necesarios para que finalmente aparezca inscrita en el registro de la propiedad la finca adquirida por los actores, ante notario que designen, con apercibimiento de que, de no hacerlo así se otorgarían las correspondientes escrituras y demás actos con intervención judicial en nombre de la demandada y a sus expensas conforme a las descripciones reales de las fincas, que en caso de plantear alguna duda serán determinadas en ejecución de sentencia, todo ello dentro del plazo de seis meses desde la firmeza de la presente resolución, con expresa imposición de las costas procesales costas.»
Y encontrándose dicho demandado, Urbanizadora Conydesa, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Santa Fe, a treinta de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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