Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 15/05/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de julio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella, dimanante de autos núm. 266/2014. (PP. 1111/2017).

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NIG: 2906942C20140002214.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 266/2014. Negociado: 05.

De: Sanyres Sur, S.L.

Procurador: Sr. Francisco Bernal Mate.

Letrado: Sr. Fernando Labarias Domínguez.

Contra: Per Tore Sjöstrand y Kjell Tore Sjöstrand.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 266/2014, seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella (antiguo Mixto núm. 6) a instancia de Sanyres Sur, S.L., contra Per Tore Sjöstrand y Kjell Tore Sjöstrand sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Procedimiento: Juicio ordinario núm. 266/14.

SENTENCIA núm. 227/14

En Marbella, a nueve de diciembre de dos mil catorce.

Vistos por mí, don Ángel J. Sánchez Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Marbella (antiguo Juzgado Mixto núm. 6), los presentes autos de Juicio ordinario número 266/14, sobre resolución de Contrato por falta de pago y reclamación de cantidad, seguidos a instancias de la entidad Sanyres Sur, S.L., representada por el Procurador Sr. Bernal Maté y asistida del Letrado Sr. Labarías Domínguez, contra don Kjell Tore Sjöstrand y don Per Tore Sjöstrand, incomparecidos en autos, declarados en rebeldía; y de conformidad con los siguientes,

FALLO

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la entidad Sanyres Sur, S.L., contra don Kjell Tore Sjöstrand y don Per Tore Sjföstrand, declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento de vivienda y prestación de servicios vigente entre las partes y celebrado con fecha de 1 de diciembre de 2004 respecto de la plaza que ocupa don Per Tore Sjöstrand en el Centro Residencial Sanyres Banús, sito en la calle Los Granados, de Puerto Banús (Marbella), decretando el desahucio del codemandado don Per Tore Sjostrand, condenándole a desalojar dicha, vivienda; condenando a ambos codemandados don Kjell Tore Sijöstrand y don Per Tore Sjöstrand, de forma conjunta y solidaria, a pagar a la actora la cantidad de 59.507,82 euros (cincuenta y nueve mil quinientos siete euros con ochenta y dos céntimos), en concepto de rentas y gastos vencidos y no satisfechos, conforme al desglose efectuado en el Fundamento segundo, más el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, aplicándose desde la fecha de esta sentencia lo dispuesto por el art. 576 de la N.L.E.C.; condenándoles, igualmente, al pago de las costas procesales causadas.

Esta sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. En Marbella, a nueve de diciembre de dos mil catorce, la extiendo yo el Secretario Judicial, para hacer constar que en el día de hoy se hace pública la anterior Sentencia, que es entregada en la Oficina Judicial, una vez extendida y firmada, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, uniéndose certificación literal de la misma a los autos de su razón, incorporándose el original al legajo correspondiente y registrándose en el Libro de registro de Sentencias de este Juzgado que por orden correlativo según su fecha le ha correspondido, librándose los correspondientes traslados y despachos de los que queda unida copia, en su caso, para su notificación, de conformidad con lo previsto en los arts. 150, 212 y 213 de la LEC, 265, 266 y 454.1 de la LOPJ, 3 del Reglamento 1/2005, del Consejo General del Poder Judicial, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales y 6 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por R.D. 1608/2005. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Per Tore Sjöstrand y Kjell Tore Sjöstrand, extiendo y firmo la presente en Marbella, a siete de julio de dos mil dieciséis.- El/La Secretario.

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