Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2017

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Consejería de Cultura

Anuncio de 10 de mayo de 2017, de la Secretaría General Técnica, por el que se dispone la notificación de la Resolución de 18 de abril de 2017 al interesado que se cita.

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Con fecha de 18 de abril de 2017 se dicta Resolución por la Ilma. Sra. Viceconsejera de Cultura, por la que se inadmite el recurso de alzada interpuesto por don Francisco Javier Gamboa Antiñolo, contra la Resolución de la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Sevilla, de fecha 27 de julio de 2015.

Intentada sin efecto la notificación personal de la citada resolución a don Francisco Javier Gamboa Antiñolo, en calidad de interesado en el citado procedimiento de recurso, procede efectuar la notificación prevista en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, normativa vigente en virtud de la disposición transitoria tercera.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1922, de 26 de noviembre, se indica al interesado que dispone de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para conocimiento del texto íntegro de la referida resolución y constancia de su conocimiento, compareciendo al efecto en las dependencias de la Consejería de Cultura en Sevilla, sitas en la calle San José número 13, en horario de 9 a 14 horas.

Transcurrido dicho plazo, o tras la comparecencia del interesado, si ésta tuviera lugar, comenzará a computarse el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla que por turno de reparto corresponda, o a elección del demandante, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga aquel su domicilio (siempre que, en este último caso, se encuentre dentro de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía); todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2.b), 14.1 (regla segunda) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de mayo de 2017.- La Secretaria General Técnica, Isabel Mayo López.

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