Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2017

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Consejería de Salud

Anuncio de 22 de mayo de 2017, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la incoación de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria del establecimiento alimentario que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El establecimiento con domicilio en calle Torres Quevedo, núm. 22 (Pol. Ind. El Cáñamo), La Rinconada (Sevilla), y titular Gobru, S.L. (CIF B-91321448), consta autorizado para la actividad de almacenamiento a temperatura regulada de alimentos de origen animal (sectores cárnico y lácteo), e inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), con número de asiento 40.13983/SE, para dicha actividad, la distribución de tales alimentos y el almacenamiento y distribución de otros alimentos no sometido a autorización.

Segundo. Con fecha 15.3.2017 ha sido reflejado en hoja de control oficial del Distrito Sanitario Aljarafe‑Sevilla Norte, número 3509/150317/2, que no se localiza el establecimiento en el domicilio indicado, ni en el domicilio social de la sociedad, en el número 10, de la misma calle, ni se obtiene respuesta tras llamar repetidamente al número de teléfono recogido en el expediente de inscripción en el RGSEAA de la empresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 8 del Decreto 61/2012, de 13 de marzo, sobre autorización sanitaria de empresas y establecimientos alimentarios (BOJA núm. 60, de 27.3.2013), dispone que dicha autorización quedará extinguida cuando se constate el cese definitivo de la actividad por la Administración sanitaria de la Junta de Andalucía, siendo declarada por el mismo órgano que ostenta la competencia para su autorización.

Segundo. El artículo 5 del Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre RGSEAA (BOE núm. 57, de 8.3.2011), dispone que la modificación y cancelación registral podrá realizarse de oficio, debiendo ser previamente puesta de manifiesto a los interesados, que podrán alegar y presentar las justificaciones y documentos que estimen pertinentes.

Vistos los antecedentes y fundamentos expuestos y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7 del referido Decreto 61/2012, de 13 de marzo, esta Delegación Territorial

ACUERDA

Poner de manifiesto a los interesados la falta de actividad alimentaria en el establecimiento referido en los antecedentes y conceder un plazo de diez días para que presenten las alegaciones que consideren en defensa de sus intereses, haciendo constar que transcurrido dicho plazo sin que éstas sean presentadas, será declarado el cese definitivo de la actividad implicada y la extinción de su autorización sanitaria y remitida dicha declaración para su asiento en el RGSEAA, con la consecuente cancelación de la correspondiente inscripción registral.

Sevilla, 22 de mayo de 2017.- La Delegada, María Ángeles Fernández Ferreiro.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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