Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 25/05/2018

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 14 de mayo de 2018, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, dimanante de autos núm. 1433/2013.

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EDICTO

Don Leopoldo Roda Orúe, Letrado de la Administración de Justicia de Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que por este Tribunal y en el recurso de apelación Civil 1532/2017 se ha dictado Sentencia con fecha 4.4.2018, cuyo encabezamiento y parte dispositiva seguidamente se transcribe:

Sentencia; Juzgado Mercantil núm. Dos de Sevilla; rollo de apelación núm. 1532/17-M; Autos núm. 1433/13.

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Juan Márquez Romero.

Don Conrado Gallardo Correa.

Don Fernando Sanz Talayero.

En Sevilla, a cuatro de abril de dos mil dieciocho.

Vistos por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio ordinario núm. 1433/13, procedentes del Juzgado Mercantil núm. Dos de Sevilla, promovidos por Europa Press Comunicación, S.A., representada por la Procuradora doña María Dolores Viñals Álvarez, contra don José Rodrigo Castro Perea, representado por el Procurador don José Ignacio Alés Siolí, contra don Jorge Parrilla Rivera, y don Ángel Robles Mérida, representados por la Procuradora doña Inmaculada Pastor González, y contra don Francisco Javier Pazo Castro, declarado en rebeldía; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la entidad actora contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 8 de noviembre de 2016, aclarada por Auto de 30 de noviembre siguiente. ......... Fallamos; Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora doña María Dolores Viñals Álvarez, en nombre y representación de Europa Press Comunicación, S.A., contra la Sentencia dictada por el Juzgado Mercantil núm. Dos de Sevilla, en los autos de Juicio Ordinario, núm. 1433/13, con fecha 8 de noviembre de 2016, aclarada por Auto de 30 de noviembre de 2016, la debemos confirmar y confirmamos en todos sus términos, con imposición de las costas de esta alzada a la entidad apelante.

Y en su día, devuélvanse las actuaciones originales con certificación literal de esta Sentencia y despacho para su ejecución y cumplimiento, al Juzgado de procedencia.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que quedará testimonio en el Rollo de la Sección, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo inserto concuerda bien y fielmente con el original de la Sentencia a la que me remito y para que conste, y proceder a notificar mediante Edicto al demandado rebelde don Francisco Javier Pazo Castro, expido la presente en Sevilla, a catorce de mayo de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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