Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 25/05/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 10 de mayo de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 89/2018.

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Procedimiento: Modificación sustancial condiciones laborales 89/2018. Negociado: 3I.

NIG: 4109144420180000959.

De: Doña Brígida Rodríguez Blanco.

Contra: Doña Lucía Pilar López Aloso.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 89/2018 a instancia de la parte actora doña Brígida Rodríguez Blanco contra doña Lucía Pilar López Aloso sobre Modificación sustancial condiciones laborales se ha dictado Resolución de fecha 5.3.18, del tenor literal siguiente:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia, doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a cinco de marzo de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña Brígida Rodríguez Blanco presentó demanda de Modificación Sustancial de las condiciones de trabajo frente a doña Lucía Pilar López Aloso.

Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 89/18.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS, procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

- Admitir la demanda presentada.

- Se señala el próximo día 8 de octubre de 2018, a las 11:50 h para la celebración del acto de Juicio en la sala de vistas núm. 10 de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla.

- Cítar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado, sito en la 5.ª planta, de este mismo edificio a las 11:20 h, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante la Letrada de la Administración de Justicia, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011, de RJS.

- La Letrada de la Administración de Justicia no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la Letrada de la Administración de Justicia en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada dése cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente.

Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/ graduado social.

- Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Letrada de la Administracion de Justicia.

Diligencia. En Sevilla, a cinco de marzo de dos mil dieciocho

La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en el día de la fecha paso a dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado en la anterior resolución y medios de prueba solicitado por la parte en el Otrosí Digo de la demanda. Doy fe.

PROVIDENCIA DE LA MAGISTRADA DOÑA MARÍA AMELIA LERDO DE TEJADA PAGONABARRAGA

En Sevilla, a cinco de marzo de dos mil dieciocho.

Vista la anterior diligencia, se tiene por propuestos los medios de prueba articulados por la parte actora en su demanda y, para su práctica, se acuerda:

A) Cítese de confesión judicial al representante legal de la empresa demandada, sirviendo la notificación de esta resolución de citación en forma a tales fines, bajo apercibimiento de poder ser tenido por confeso en caso de incomparecencia.

B) Requiérase a la entidad demandada conforme a los artículos 77.3 y 90.3 de la LRJS, para que aporte, al menos con cinco días de antelación a la fecha del juicio los documentos relacionados en su demanda como documental anticipada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo mandó y firma S.S.ª, doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Lucía Pilar López Aloso actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diez de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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