Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 30/05/2018

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Consejería de Salud

Notificación de 24 de mayo de 2018, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Huelva, de Resolución Definitiva de Acogimiento Familiar Permanente de fecha 24 de enero de 2018, adoptado en el expediente de protección que se cita.

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De conformidad con el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 29 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa y habida cuenta de que no han sido posibles las notificaciones al desconocerse los paraderos de los padres del/de la menor S.P.A., don Juan Manuel Pérez Rodríguez y doña Juana María Algaba Rabazo, se publica este anuncio por el que se notifica Acuerdo de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de fecha 24 de enero de 2018, adoptado en el expediente de protección núm. 352-2014-00005174-1, por el que se resuelve:

1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 10 de junio de 2015, respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre el/la menor S.P.A.

2. Constituir el acogimiento familiar modalidad permanente del/de la menor con las personas seleccionadas a tal efecto identificadas en documento aparte y estableciendo las condiciones que figuran en el Acta de Condiciones reguladoras del Acogimiento Familiar Permanente.

3. Respecto del derecho de visitas de familiares, el/la menor podrá recibir visitas de familiares de común acuerdo con sus acogedores, según disponibilidad de las partes interesadas y en presencia de los acogedores.

Contra la presente resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

Se le significa que los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente según el artículo 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Huelva, 24 de mayo de 2018.- El Delegado, Rafael López Fernández.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será el determinante a los efectos de su notificación.»

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