Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 01/06/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Orden de 28 de mayo de 2018, por la que se acepta la abstención comunicada por la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, se avoca la competencia sancionadora que se cita y se delega la misma en la persona titular de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral de esta Consejería.

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Mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2018, con entrada en el Registro General de los Servicios Centrales de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio el día 4 de abril de 2018, la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, al amparo de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, comunica a esta Consejería la concurrencia en el expediente administrativo sancionador por infracciones en el orden social número 233/2017/S/AL/25, que se tramita contra la entidad Audasa, S.L., la concurrencia de la causa de abstención prevista en su apartado 2, letra b), concretamente: «[…] el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento [...]», al concurrir la circunstancia de parentesco en segundo grado de consanguinidad con el trabajador afectado por la medida adoptada por la mencionada entidad mercantil objeto del procedimiento sancionador incoado.

El artículo 97 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, dispone que «Los procedimientos de abstención y de recusación de autoridades y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía serán resueltos por la persona titular del órgano jerárquico inmediatamente superior».

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y 101 a 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,

DISPONGO

Primero. Aceptación de la abstención.

Se acepta la abstención comunicada por la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, en el procedimiento administrativo sancionador tramitado en el expediente núm. 233/2017/S/AL/25, que se sigue contra la entidad Audasa, S.L., por considerar que los motivos alegados se incardinan en el supuesto previsto en el apartado 2, letra b), del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo. Avocación de competencias.

Se avoca la competencia de la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería para la resolución del procedimiento administrativo sancionador núm. 233/2017/S/AL/25, incoado a la entidad Audasa ,S.L.

Tercero. Delegación de competencias.

Se delega la competencia previamente avocada en el punto anterior en la persona titular de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral de esta Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

La resolución administrativa que se adopte en virtud de la presente delegación indicará expresamente esta circunstancia.

Cuarto. Efectos.

La presente Orden producirá sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de mayo de 2018

JAVIER CARNERO SIERRA
Consejero de Empleo, Empresa y Comercio
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