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La Letrada de la Administración de Justicia doña María del Carmen Sierra Fernández de Prada del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada certifica extracto de sentencia en autos de Divorcio núm. 1112/16-L, seguidos ante este Juzgado, a instancia de doña Almudena Alonso Sanz contra don José Ciudad Naranjo (el demandado), en situación procesal de rebeldía procesal.
SENTENCIA NÚM. 184/18
En la ciudad de Granada, a 4 de abril de 2018.
Visto por doña Juana Carrero Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia, los presentes autos de procedimiento de divorcio contencioso, seguidos ante este Juzgado bajo el número 1112/16, promovidos a instancia de doña Almudena Alonso Sanz, representada por la Procuradora doña Dolores Mateo García y asistida por el Letrado don Jesús Gámez Navarro, contra don José Ciudad Naranjo, declarado en situación procesal de rebeldía, sin la intervención del Ministerio Fiscal, ha dictado la presente resolución en base a los siguientes.
Estando los autos a disposición en la Oficina Judicial y para que sirva de notificación a don José Ciudad Naranjo, en paradero desconocido, se expide en Granada, veintitrés de mayo de dos mil dieciocho.
«En relación a los datos de caráter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunición por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99,de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en los que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esto datos).»
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