Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 07/06/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Resolución de 4 de junio de 2018, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se modifica la Resolución de 31 de julio de 2002, por la que se delegan determinadas competencias en distintos órganos del organismo.

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Con fecha 3 de septiembre de 2002, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 31 de julio de 2002, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se delegan determinadas competencias en distintos órganos del organismo.

En el ámbito de las Direcciones Provinciales de este Instituto, las funciones delegadas en materia de gestión económica contempladas en la citada resolución se han visto afectadas directamente por lo establecido en la disposición adicional segunda de la Orden de 6 de noviembre de 2017, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2017, relativa a las operaciones de anticipo de caja fija, habiéndose producido distintas incidencias en la aplicación y confluencia de las normas anteriormente relacionadas.

En aras a una mayor claridad, agilidad administrativa y seguridad jurídica, y con la finalidad de solventar dichas controversias, se considera necesario modificar la Resolución de 31 de julio de 2002, de este Instituto, en lo que se refiere a las funciones delegadas en materia de gestión económica en el ámbito territorial de sus Direcciones Provinciales.

Por otro lado, resulta conveniente realizar una modificación relativa a actualizar la organización estructural de las unidades administrativas y servicios adscritos a la Dirección del Instituto, para reflejar adecuadamente los cambios operados en la misma.

En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Modificación de la Resolución de 31 de julio de 2002, por la que se delegan determinadas competencias en distintos órganos del Organismo.

La Resolución de 31 de julio de 2002, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se delegan determinadas competencias en distintos órganos del organismo, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el título y el primer párrafo del resuelvo segundo de la citada resolución, en los siguientes términos:

«Segundo. Delegación de competencias en los servicios o unidades administrativas análogas adscritos a la Dirección del Instituto Andaluz de la Juventud.

Se delegan en los servicios o unidades administrativas análogas las siguientes competencias en relación con los expedientes propuestos por cada uno de ellos:»

Dos. Se modifica el resuelvo cuarto, apartado 2, subapartado b), de la citada resolución, que queda redactado como sigue:

«La gestión de los expedientes de gastos financiados con créditos presupuestarios que se asignen y redistribuyan al centro gestor y de gastos de su respectiva Dirección Provincial, con el límite máximo de hasta tres mil euros (3.000 euros), que se tramiten a través de los sistemas y procedimientos de gasto legalmente establecidos, cualquiera que sea su medio o forma de pago, que conllevará su aprobación, compromiso, liquidación y proposición de pago, así como la elaboración y autorización de las propuestas de documentos contables que correspondan. Dicha delegación conlleva las facultades que la legislación vigente en materia de contratos del sector público atribuye al órgano de contratación, cuando los citados expedientes de gastos tengan dicha naturaleza contractual.»

Segundo. Constancia de la delegación.

En las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia, con señalamiento de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de junio de 2018.- El Director General, Francisco Tomás Pizarro Galán.

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