Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 02/07/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática

Resolución de 26 de junio de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Benamaurel (Granada).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Benamaurel (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 7 de junio de 2018, el Pleno del Ayuntamiento de Benamaurel (Granada) acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la aprobación definitiva de la bandera municipal con la siguiente descripción:

«Bandera rectangular de proporciones 2:3 formada por dos franjas verticales iguales, siendo de color rojo la del asta y jaquelado de ocho puntos de azur, equipolados de siete de plata, la del batiente. Estando el escudo del municipio de Benamaurel timbrado de corona real en el centro de la bandera. Y debajo del escudo siete estrellas de cinco puntas de oro, por los siete anejos o pedanías que pertenecen a Benamaurel (Cuevas de la Blanca, Cuevas de Luna, Cuevas del Negro, Cuevas de San Marcos, Las Lavaderas, Puente Arriba y Huerta Real).»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 19 de junio de 2018, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada Ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del Municipio de Benamaurel (Granada), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del Municipio de Benamaurel (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Sevilla, 26 de junio de 2018.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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