Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 06/07/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Corrección de errata del Decreto 137/2018, de 26 de junio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, el yacimiento de los Algarbes, en el término municipal de Tarifa (Cádiz) (BOJA núm. 126, de 2.7.2018).

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Advertida errata por omisión del texto en el Decreto de referencia, desde la página 177 a 178, se procede a su rectificación.

En la página 177, donde dice:

IV. DELIMITACIÓN DEL BIEN.

La delimitación del yacimiento incluye todos los enterramientos y estructuras conocidas en la actualidad, así como parte del afloramiento de calcarenita hacia el oeste, como medida de protección, puesto que no se descarta la existencia de más enterramientos. Se trata de la figura poligonal resultante de la unión de 6 puntos, cuyas coordenadas UTM constan en el expediente.

Debe decir:

IV. DELIMITACIÓN DEL BIEN.

La delimitación del yacimiento incluye todos los enterramientos y estructuras conocidas en la actualidad, así como parte del afloramiento de calcarenita hacia el oeste, como medida de protección, puesto que no se descarta la existencia de más enterramientos. Se trata de la figura poligonal resultante de la unión de 6 puntos, cuyas coordenadas UTM constan en el expediente.

PARCELA CATASTRAL AFECTADA POR EL BIEN
Polígono Parcela Referencia Catastral Parcial (P) o Completa (C)
18 159 11035A018001590000AR PP

La delimitación del bien afecta a todas aquellas vías, parajes, parcelas, inmuebles, elementos y cualesquiera espacios públicos o privados contenidos dentro de la línea de delimitación, aunque no se encuentren correctamente inventariados o rotulados, indistintamente de su naturaleza o identificación catastral, toda vez que queden inscritos en los polígonos descritos gráficamente mediante plano anexo, y cuyas superficies de afección quedan estrictamente definidas por estos límites.

V. DELIMITACIÓN DEL ENTORNO.

Se ha delimitado un espacio como entorno, considerado el mínimo imprescindible para garantizar que el bien no sufra ningún impacto visual, asegurando su correcta lectura e interpretación, protegiendo así los restos arqueológicos de elementos que puedan contaminar visualmente la zona. El entorno está delimitado por la figura poligonal continua resultante de la unión de 5 puntos, cuyas coordenadas UTM constan en el expediente. Esta determinación se ha establecido siempre en base a una vinculación directa con el yacimiento.

PARCELAS CATASTRALES AFECTADAS POR EL ENTORNO
Polígono Parcela Referencia Catastral Parcial (P) o Completa (C)
18 159 11035A018001590000AR PP
18 115 11035A018001150000AG PP
Polígono Parcela Referencia Catastral Parcial (P) o Completa (C)
18 166 11035A018001660000AJ PP
18 148 11035A018001480000AQ PP
18 149 11035A018001490000AP PP

VI. CARTOGRAFÍA.

La cartografía base utilizada para la delimitación del bien es la cartografía catastral. WMS de la Sede Electrónica del Catastro. Dirección General del Catastro, 2017.

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