Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 20/07/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de julio de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de autos núm. 1677/2017.

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NIG: 2906742120170044085.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1677/2017. Negociado: 7.

Sobre: Arrendamientos Urbanos.

De: Ana González Pérez.

Procurador: Sr. José Luis Ramírez Serrano.

Letrado: Sr. Juan Ignacio Toledo Morales.

Contra: Sandra Merino González.

E D I C T O

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga.

Procedimiento verbal núm. 1677/2017.

SENTENCIA núm. 115/18

En Málaga, a treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de doña Ana González Pérez, representada por el Procurador de los Tribunales señor Ramírez Serrano y asistido del Letrado señor Toledo Morales, contra doña Sandra Merino González, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando en su integridad la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales señor Ramírez Serrano, en nombre y representación de doña Ana González Pérez, sobre desahucio por precario, frente a doña Sandra Merino González, debo condenar y condeno a la demandada a dejar libre, vacuo y expedito el inmueble propiedad de la actora, vivienda sita en Avenida de la Luz, núm. 25, planta 7.ª, puerta 4, de esta ciudad, con la expresa advertencia de que de no hacerlo en plazo máximo de quince días se procederá a su lanzamiento, condenándole expresamente al pago de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella será posible interponer recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Sandra Merino González, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, a tres de julio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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