Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 27/07/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 18 de julio de 2018, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz, por la que se hace público el Acuerdo de 17 de julio de 2018, de la Secretaría Provincial, por la que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el funcionario que desempeña el puesto que se cita.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00140317.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos prevé, en el artículo 23, que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten por los ciudadanos en el Registro de Documentos corresponderá a las jefaturas de sección responsables de cada Registro General; de no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura del servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

El Secretario Provincial de esta Dirección Provincial, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 6 de octubre de 2011 de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, como responsable del registro y por razones técnicas, de agilidad y eficacia administrativa de la Dirección Provincial del SAE, al amparo de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, acuerda la correspondiente delegación de competencias.

Por cuanto antecede, esta Dirección Provincial,

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 17 de julio de 2018, de la Secretaría Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz, por el que se delega la competencia de expedir copias auténticas mediante cotejo en el funcionario que ocupa el puesto que se cita, cuyo texto figura como Anexo a la presente resolución.

Cádiz, 18 de julio de 2018.- La Directora, M.ª Gema Pérez Lozano.

ANEXO

ACUERDO DE LA SECRETARÍA PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CÁDIZ, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA EXPEDICIÓN DE COPIAS AUTENTICADAS MEDIANTE COTEJO, EN EL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑE EL PUESTO DE TRABAJO QUE SE CITA

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 27.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos y privados.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, y de no existir tales jefaturas de sección, las competencias corresponderán a la jefatura de servicio o a la secretaría general, bajo cuya responsabilidad se gestiona la función del registro.

Así mismo en dicho precepto se establece que en supuestos especiales y para facilitar la presentación de documentos y con el objeto de salvar las dificultades que existan para autenticar las copias y recibirlas, los órganos con estas competencias podrán delegarlas en otros órganos o unidades.

Por todo lo anterior,

ACUERDO

1.º Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, mediante cotejo de originales a la persona titular del puesto de trabajo cuyo código se cita a continuación:

Red de oficinas y centros de empleo del SAE en la provincia de Cádiz

- ATE CAMPO DE GIBRALTAR:

Centro de Empleo San Roque.

Puesto de Trabajo: Titulado Superior.

Código del puesto: 9235910.

- ATE BAHÍA DE CÁDIZ:

Centro de Empleo de El Puerto de Santa María.

Puesto de Trabajo: Titulado Superior.

Código del puesto: 9257010.

2.º La presente delegación de competencia deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con el articulo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y conforme a lo dispuesto en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

3.º La presente delegación de competencia será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de la avocación de la misma cuando circunstancias de índole técnica o jurídica lo hagan conveniente.

El Secretario Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz. Fdo.: Guillermo Castro Pastor.

Descargar PDF