Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 03/08/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de junio de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 49/2014. (PP. 2031/2018).

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NIG: 4109142C20140001229.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 49/2014. Negociado: 2T.

De: BBVA, S.A.

Procurador Sr.: Francisco Franco Lama.

Letrada Sra.: Beatriz Jiménez Aguilar.

Contra: Don Ángel Martínez Gálvez, Amalia Martínez Ruiz y Francisco Javier Navarro Sánchez.

EDICTO

En el presente procedimiento Proced. Ordinario (N) 49/2014 seguido a instancia de BBVA, S.A., frente a Ángel Martínez Gálvez, Amalia Martínez Ruiz y Francisco Javier Navarro Sánchez, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 214

En Sevilla, a 11 de octubre de 2016.

Vistos por don Antonio Marco Saavedra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el núm. 49/14, a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, representada por el Procurador Sr. Franco Lama y asistida por Letrado, contra don Francisco Javier Navarro Sánchez, doña Amalia Martínez Ruiz y don Ángel Martínez Gálvez, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad y,

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el procurador Sr. Franco Lama, en nombre y representación de BBVA, contra don Francisco Javier Navarro Sánchez, Doña Amalia Martínez Ruiz y don Ángel Martínez Gálvez, debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar solidariamente a la actora la suma de 34.004,46 euros, que devengarán intereses remuneratorios pactados, e imponiendo a los demandados las costas causadas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC). Para interponer el recurso, será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banesto con el número 4356, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a doña Amalia Martínez Ruiz.

En Sevilla, a veinticinco de junio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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