Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 03/08/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de julio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de El Ejido, dimanante de autos núm. 484/2013. (PP. 2106/2018).

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NIG: 0490242C20130002216.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 484/2013. Negociado: ML.

De: BMW Bank GMBH sucursal en España.

Procurador: Sr. José Juan Alcoba Lépez.

Letrado: Sr. Javier de Cossío Pérez de Mendoza.

Contra: Don Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 484/2013 seguido a instancia de BMW Bank GMBH sucursal en España frente a Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 48/2016

En El Ejido, a ocho de abril de dos mil dieciséis.

Vistos por mí, doña Sandra Carrión Montilla, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco de El Ejido y su partido judicial, los autos de juicio ordinario, registrados con el número 484/2013, promovidos por la entidad BMW Bank GMBH sucursal en España, representada por el Procurador de los Tribunales don José Juan Alcoba López y asistida de la Letrada doña Estela Gómez Soria, en sustitución de don Javier de Cossío Pérez de Mendoza, contra don Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L., declarados en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

1. Se estima sustancialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don José Juan Alcoba López, en nombre y representación de la entidad BMW Bank GMBW sucursal en España, y, en consecuencia, se declara que don Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L., adeudan solidariamente a la actora la cantidad de 39.884,56 € de capital, más los intereses de demora pactados al 18% anual, devengados desde el día 14 de mayo de 2013 hasta la fecha de la interposición de la demanda.

Asimismo, se condena a don Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L., a que paguen solidariamente a la actora la cantidad de 39.884,56 € de capital, más los intereses de demora pactados al 18% devengados desde el 14 de mayo de 2013 hasta la fecha de la interposición de la demanda, así como al abono del interés legal del dinero desde la interposición de la demanda e incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.

2. Se imponen las costas a don Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L.

Contra la presente resolución cabe formular recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que ha dictado la resolución en el plazo de veinte días (conforme disponen los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), debiendo el apelante exponer las alegaciones en que se base la apelación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan, y tener constituido un depósito de cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Antonio Torcuato Vázquez Martínez y Transacciones Vícar, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido a veintiuno de julio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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