Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 06/08/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Orden de 1 de agosto de 2018, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2018.

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La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, dispone que los Servicios Sociales Comunitarios constituyen la estructura básica del nivel primario del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, quedando regulada su naturaleza y prestaciones por el Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los servicios sociales comunitarios (BOJA núm. 17, de 25 de febrero). Asimismo, la citada Ley 9/2016, de 27 de diciembre, atribuye al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entre otras, la competencia para establecer las prioridades y directrices de la política general de servicios sociales, así como los criterios y las fórmulas de coordinación general del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía. De igual manera la referida Ley 9/2016, de 27 de diciembre, atribuye a la Consejería competente en materia de servicios sociales, entre otras, la competencia para adoptar las medidas necesarias para ejecutar las directrices que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en materia de servicios sociales y para desarrollar y ejecutar sus disposiciones y acuerdos.

El Decreto 209/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales (BOJA núm. 136, de 15 de julio), asigna a la misma competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios.

El Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía (BOJA núm. 85, de 20 julio), establece en su artículo 2 que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía serán transferidos por la Consejería de de Igualdad y Políticas Sociales y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes, conforme a las reglas que en el mismo se establecen.

La disposición transitoria única del Decreto 203/2002, de 16 de julio, establece que los créditos a percibir por las Entidades Locales procedentes tanto de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía como de los Presupuestos Generales del Estado estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio económico. En la actualidad existe disponibilidad presupuestaria de los créditos financiados por la Junta de Andalucía, mientras que la distribución resultante entre las Comunidades y Ciudades Autónomas de los créditos correspondientes a la Administración General del Estado han sido aprobados en el pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia el pasado día 26 de julio de 2018, formalizándose posteriormente por parte del Consejo de Ministros.

Conforme al artículo 5 del citado Decreto 203/2002, de 16 de julio, las cantidades se abonarán a las Entidades Locales, en concepto de transferencias de financiación, una vez adoptado el acuerdo de distribución de créditos por parte del órgano competente de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

En su virtud, a propuesta de la Secretaria General de Servicios Sociales, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con las competencias que confiere el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Aprobar para el ejercicio 2018 la distribución de los créditos que deban satisfacerse por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales respecto a la aportación autofinanciada de la Comunidad Autónoma de Andalucía a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte mil habitantes y la transferencia de los mismos, conforme se establece en el Anexo I de la presente Orden, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.

Segundo. Establecer para el ejercicio 2018 la distribución de la aportación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social correspondiente a la Comunidad Autónoma de Andalucía entre las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte mil habitantes en los términos previstos en el Anexo II, realizándose la transferencia a los mismos en el momento que se celebre el pertinente Acuerdo de Consejo de Ministros que formalice la distribución de los citados créditos entre las Comunidades y Ciudades Autónomas.

Tercero. La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales procederá a la liquidación de las transferencias de financiación de la siguiente forma:

a) Las cantidades correspondientes al ejercicio 2018 serán abonadas conforme al correspondiente calendario de pagos aprobado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y a propuesta de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

b) Para proceder a las transferencias de fondos, las Entidades Locales deberán entregar la ficha de evaluación del ejercicio anterior y la certificación prevista en el artículo 5.2 del Decreto 203/2002, de 16 de julio. Asimismo deberán aportar la ficha de presentación correspondiente al ejercicio 2018 que al efecto se establezca y facilite por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, así como certificación emitida por la Intervención de la respectiva Entidad Local correspondiente a la aportación propia destinada en sus presupuestos para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en el citado ejercicio, de conformidad con el Convenio - Programa suscrito por la Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actualmente Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social).

c) Los pagos correspondientes a créditos procedentes de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018 (BOJA núm. 239, de 15 de diciembre) se abonarán con la cadencia establecida en el anteriormente citado calendario de pagos. Los pagos procedentes de créditos de la Administración General del Estado se ajustarán de igual modo al citado calendario de pagos, estando supeditado, en todo caso, a la realización efectiva de la oportuna transferencia de dichos fondos a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Estas cantidades serán destinadas a garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios de Andalucía.

Sevilla, 1 de agosto de 2018

MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales

ANEXO I

Corporación Local
Distribución Consejería Igualdad
y Políticas Sociales 2018
Ayuntamiento de Almería 813.783,09
Diputación Provincial de Almería 1.038.281,66
Ayuntamiento de Adra 90.555,07
Ayuntamiento de El Ejido 360.565,92
Ayuntamiento de Níjar 109.330,64
Ayuntamiento de Roquetas de Mar 354.387,82
Ayuntamiento de Vícar 123.259,11
Ayuntamiento de Cádiz 623.970,77
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera 817.315,29
Diputación Provincial de Cádiz 815.458,00
Ayuntamiento de Algeciras 476.015,26
Ayuntamiento de Arcos de la Frontera 111.893,04
Ayuntamiento de Barbate 97.173,70
Ayuntamiento de Los Barrios 121.989,81
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera 328.280,77
Ayuntamiento de Conil de la Frontera 117.357,21
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción 229.474,85
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María 357.261,29
Ayuntamiento de Puerto Real 155.183,77
Ayuntamiento de Rota 109.053,25
Ayuntamiento de San Fernando 390.212,34
Ayuntamiento de San Roque 109.231,66
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda 252.280,65
Ayuntamiento de Córdoba 1.252.526,54
Diputación Provincial de Córdoba 1.078.132,82
Ayuntamiento de Baena 78.132,93
Ayuntamiento de Cabra 75.579,24
Ayuntamiento de Lucena 172.074,12
Ayuntamiento de Montilla 87.840,50
Ayuntamiento de Palma del Río 119.661,83
Ayuntamiento de Priego de Córdoba 86.295,47
Ayuntamiento de Puente Genil 115.513,94
Ayuntamiento de Granada 1.108.537,35
Diputación Provincial de Granada 1.894.417,32
Ayuntamiento de Almuñecar 104.234,86
Ayuntamiento de Armilla 118.013,75
Ayuntamiento de Baza 79.861,34
Ayuntamiento de Guadix 74.161,23
Ayuntamiento de Loja 76.091,08
Ayuntamiento de Maracena 117.908,19
Ayuntamiento de Motril 252.367,34
Ayuntamiento de Huelva 526.037,19
Diputación Provincial de Huelva 971.269,49
Ayuntamiento de Aljaraque 81.516,39
Ayuntamiento de Almonte 120.490,50
Ayuntamiento de Ayamonte 116.693,88
Ayuntamiento de Isla Cristina 118.620,09
Ayuntamiento de Lepe 96.565,39
Ayuntamiento de Moguer 81.949,86
Ayuntamiento de Jaén 603.771,94
Diputación Provincial de Jaén 1.306.040,34
Ayuntamiento de Alcalá la Real 80.577,23
Ayuntamiento de Andújar 157.341,24
Ayuntamiento de Linares 241.943,32
Ayuntamiento de Martos 90.009,37
Ayuntamiento de Úbeda 126.662,66
Ayuntamiento de Málaga 2.259.123,48
Diputación Provincial de Málaga 1.010.598,42
Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre 176.853,20
Ayuntamiento de Alhaurín el Grande 125.001,87
Ayuntamiento de Antequera 180.479,59
Ayuntamiento de Benalmádena 246.037,56
Ayuntamiento de Cártama 120.839,85
Ayuntamiento de Coín 119.998,56
Ayuntamiento de Estepona 275.151,83
Ayuntamiento de Fuengirola 304.456,67
Ayuntamiento de Marbella 592.548,90
Ayuntamiento de Mijas 309.293,53
Ayuntamiento de Nerja 120.292,60
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria 196.536,44
Ayuntamiento de Ronda 143.332,51
Ayuntamiento de Torremolinos 299.690,29
Ayuntamiento de Vélez-Málaga 286.424,15
Ayuntamiento de Sevilla 2.843.568,87
Diputación Provincial de Sevilla 2.300.152,26
Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra 263.533,04
Ayuntamiento de Bormujos 78.687,17
Ayuntamiento de Camas 97.885,39
Ayuntamiento de Carmona 108.417,16
Ayuntamiento de Coria del Río 108.238,43
Ayuntamiento de Dos Hermanas 507.241,74
Ayuntamiento de Écija 152.718,01
Ayuntamiento de Lebrija 94.192,09
Ayuntamiento de Mairena del Alcor 82.392,30
Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe 173.427,27
Ayuntamiento de Morón de la Frontera 106.997,90
Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca 143.618,57
Ayuntamiento de La Rinconada 148.402,61
Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache 73.445,59
Ayuntamiento de Tomares 123.274,42
Ayuntamiento de Utrera 193.523,02
TOTALES 33.979.529,00

ANEXO II

Corporación Local Distribución Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social 2018
Ayuntamiento de Almería 250.467,99
Diputación Provincial de Almería 205.267,16
Ayuntamiento de Adra 24.127,55
Ayuntamiento de El Ejido 52.710,87
Ayuntamiento de Níjar 22.147,23
Ayuntamiento de Roquetas de Mar 48.015,40
Ayuntamiento de Vícar 7.028,19
Ayuntamiento de Cádiz 177.388,79
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera 188.203,14
Diputación Provincial de Cádiz 218.232,73
Ayuntamiento de Algeciras 99.231,51
Ayuntamiento de Arcos de la Frontera 32.790,23
Ayuntamiento de Barbate 29.765,90
Ayuntamiento de Los Barrios 6.729,97
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera 57.832,46
Ayuntamiento de Conil de la Frontera 6.284,22
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción 69.958,72
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María 73.149,50
Ayuntamiento de Puerto Real 37.719,60
Ayuntamiento de Rota 27.273,11
Ayuntamiento de San Fernando 83.563,97
Ayuntamiento de San Roque 26.705,42
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda 63.994,10
Ayuntamiento de Córdoba 322.698,06
Diputación Provincial de Córdoba 324.335,91
Ayuntamiento de Baena 21.061,47
Ayuntamiento de Cabra 23.351,53
Ayuntamiento de Lucena 34.977,69
Ayuntamiento de Montilla 24.855,28
Ayuntamiento de Palma del Río 6.032,11
Ayuntamiento de Priego de Córdoba 24.213,34
Ayuntamiento de Puente Genil 28.403,52
Ayuntamiento de Granada 332.712,64
Diputación Provincial de Granada 450.575,40
Ayuntamiento de Almuñecar 25.033,25
Ayuntamiento de Armilla 6.734,21
Ayuntamiento de Baza 24.052,20
Ayuntamiento de Guadix 23.127,14
Ayuntamiento de Loja 23.729,30
Ayuntamiento de Maracena 6.217,45
Ayuntamiento de Motril 47.056,99
Ayuntamiento de Huelva 165.795,69
Diputación Provincial de Huelva 256.407,56
Ayuntamiento de Aljaraque 21.699,13
Ayuntamiento de Almonte 6.541,74
Ayuntamiento de Ayamonte 5.816,27
Ayuntamiento de Isla Cristina 5.964,51
Ayuntamiento de Lepe 24.525,04
Ayuntamiento de Moguer 21.967,60
Ayuntamiento de Jaén 177.509,28
Diputación Provincial de Jaén 411.251,77
Ayuntamiento de Alcalá la Real 24.651,11
Ayuntamiento de Andújar 35.216,97
Ayuntamiento de Linares 56.756,25
Ayuntamiento de Martos 25.366,76
Ayuntamiento de Úbeda 39.755,56
Ayuntamiento de Málaga 519.232,94
Diputación Provincial de Málaga 259.469,65
Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre 12.034,68
Ayuntamiento de Alhaurín el Grande 7.060,54
Ayuntamiento de Antequera 38.874,63
Ayuntamiento de Benalmádena 38.400,12
Ayuntamiento de Cártama 6.993,19
Ayuntamiento de Coín 6.142,71
Ayuntamiento de Estepona 42.557,97
Ayuntamiento de Fuengirola 47.102,78
Ayuntamiento de Marbella 89.677,06
Ayuntamiento de Mijas 44.834,68
Ayuntamiento de Nerja 5.975,50
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria 13.725,23
Ayuntamiento de Ronda 33.764,72
Ayuntamiento de Torremolinos 34.144,55
Ayuntamiento de Vélez-Málaga 64.121,37
Ayuntamiento de Sevilla 632.120,43
Diputación Provincial de Sevilla 511.737,81
Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra 66.322,10
Ayuntamiento de Bormujos 17.819,29
Ayuntamiento de Camas 26.750,11
Ayuntamiento de Carmona 27.065,91
Ayuntamiento de Coria del Río 26.228,82
Ayuntamiento de Dos Hermanas 98.715,39
Ayuntamiento de Écija 39.655,58
Ayuntamiento de Lebrija 28.446,51
Ayuntamiento de Mairena del Alcor 18.695,04
Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe 32.392,89
Ayuntamiento de Morón de la Frontera 28.925,60
Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca 34.166,14
Ayuntamiento de La Rinconada 28.534,32
Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache 23.223,26
Ayuntamiento de Tomares 7.124,69
Ayuntamiento de Utrera 48.619,30
TOTALES 7.797.636,00
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