Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 06/08/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de julio de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 71/2017.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00140815.

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 71/2017. Negociado: 4I.

NIG: 4109144S20170000725.

De: Don José León Melgar.

Abogado: Francisco Javier Teran Conde.

Contra: Instituto de Empleo,Servicio Público de Empleo Estatal y Gómez Car Sevilla, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 71/2017 a instancia de la parte actora don José León Melgar contra Instituto de Empleo, Servicio Público de Empleo Estatal y Gomez Car Sevilla, S.L., sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado sentencia con fallo del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por José León Melgar contra Servicio Público de Empleo Estatal declaro el derecho del actor a percibir las prestaciones por desempleo total de nivel asistencial con efectos desde el día 16 septiembre 2016 en la cuantía y con la duración reglamentarias, condenando a las demandadas a estar y pasar por esta declaración y por cuanto de ellas se derive de y a que abonen al actor las prestaciones por desempleo en los términos interesados condenando expresamente al Servicio Público de Empleo Estatal a que abonadas tales prestaciones por desempleo de forma directa e inmediata sin perjuicio de que pueda resarcirse de la empresa codemandada en el caso de incumplimiento de sus obligaciones de alta, cotización o colaboración.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada, Gómez Car Sevilla, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diecinueve de julio de dos mil dieciocho.- El/La letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF