Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 161 de 21/08/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 20 de junio de 2018, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa, por ampliación y cambio de domicilio, al centro de educación infantil «La Bola Azul» de Almería. (PP. 2080/2018).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Concepción Tejeira López, como representante de Conchica, S.C., entidad titular del centro de educación infantil «La Bola Azul», con código 04010255, ubicado en C/ Haza de Acosta, 108, de Almería, en solicitud de modificación de la autorización administrativa del mismo, por traslado a unas nuevas instalaciones de la misma localidad y ampliación en 3 unidades de primer ciclo, pasando a ser un centro de educación infantil completo.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 2 unidades del primer ciclo de educación infantil con 35 puestos escolares, por Orden de 5 de abril de 2010 (BOJA de 12 de mayo).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Almería y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro de educación infantil «La Bola Azul», con código 04010255, promovida por Conchica, S.C., como entidad titular, por ampliación en 3 unidades de primer ciclo y por traslado del mismo a unas nuevas instalaciones en C/ Haza de Acosta, 38 y 44, local 4, de Almería, lo que ha dado lugar a una nueva autorización, quedando configurado con 5 unidades de primer ciclo de educación infantil para 74 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Almería la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), la modificación de la autorización a la que se refiere la presente Orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2018/2019.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de junio de 2018

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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