Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 174 de 07/09/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 27 de julio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, dimanante de autos núm. 241/2011. (PP. 1902/2018).

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NIG: 2905142C20110000500.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 241/2011. Negociado: 04.

De: Cdad. P. Benavista

Procuradora: Sra. Patricia Marta Mérida Ortiz.

Contra: Doña Pauline Rose-Mary Kavanagh.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 241/2011 seguido a instancia de Cdad.P. Benavista frente a Pauline Rose-Mary Kavanagh se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 114/2012

En Estepona, 20 de septiembre de dos mil doce.

Vistos por doña M.ª Dolores Millán Pérez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, los autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado bajo el número 241/11, a instancia de don Diego Barranco Mata, en calidad de presidente de la «Comunidad de Propietarios Benavista», representada por la Procuradora Sra. Patricia Marta Mérida Ortíz y defendida por la Letrada Sra. Cristina Gámez López, contra doña Pauline Rose-Mary Kavanagh, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Patricia Marta Mérida Ortíz, en nombre y representación de Diego Barranco Mata, en calidad de presidente de la «Comunidad de Propietarios Benavista», debo condenar y condeno a doña Pauline Rose-Mary Kavanagh a pagar a la actora la cantidad de cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis euros con diecisiete céntimos (4.466,17 €), más intereses legales, así como al abono de las costas causadas.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a todas las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de 20 días a partir de su notificación, y del que conocerá la llma. Audiencia Provincial de Málaga.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, y estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, Pauline Rose-Mary Kavanagh, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Estepona, a 27 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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