Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 17/09/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 10 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban los modelos de solicitud y de certificado de experiencia laboral para la obtención de la certificación acreditativa de la cualificación como operario para la instalación y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00142195.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El 12 de diciembre de 2017 entró en vigor el nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (en adelante el Reglamento), aprobado por Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo.

Este Reglamento dispone que la instalación y el mantenimiento de equipos y sistemas de protección contra incendios se realizará por empresas debidamente habilitadas en los equipos o sistemas que vayan a instalar o mantener, respectivamente, estableciendo en su Anexo III que estas empresas deberán contar dentro del personal contratado, como mínimo, con un operario cualificado para cada uno de los sistemas para los que están habilitadas, pudiendo un mismo operario estar cualificado para uno o varios sistemas.

Dentro de las vías para acreditar la condición de operario cualificado, el mismo Anexo III  dispone que los trabajadores que presten o hayan prestado servicios como personal cualificado en la instalación y/o mantenimiento de sistemas durante al menos 12 meses, anteriores a la entrada en vigor del Reglamento, podrán solicitar certificación acreditativa de la cualificación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde residan.

El objeto de la presente resolución es la de establecer unos modelos normalizados tanto para la solicitud de la mencionada certificación acreditativa como para el certificado de experiencia laboral que debe acompañar a esta solicitud.

Ambos modelos están basados en los modelos orientativos incluidos en el Anexo B  de la guía técnica para la aplicación práctica de las disposiciones del Reglamento y sus anexos, elaborada por la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa conforme a lo previsto en la disposición final tercera del Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo.

En virtud de lo anterior, y de las competencias atribuidas en materia de seguridad industrial por el artículo 10.2.d) del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas

RESUELVE

Primero. Modelos de solicitud y de certificado de experiencia laboral.

Aprobar el modelo de solicitud de certificación acreditativa de la cualificación como operario para la instalación y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios que se incluye como Anexo I de la presente resolución.

Aprobar, asimismo, el modelo de certificado de experiencia laboral que debe acompañar a la solicitud referida en el resuelvo primero, que se incluye como Anexo II de la presente resolución.

Ambos modelos estarán disponibles en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

Segundo. Fecha de aplicación.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de septiembre de 2018.- La Directora General, Natalia González Hereza.

Descargar PDF