Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 26/09/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de septiembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de procedimiento de adopción núm. 777/2018.

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NIG: 2906742120180021726.

Procedimiento: Adopción 777/2018. Negociado: ER.

Sobre: Propuesta Adopción Menor: A.A.M.D. (expte. protección menor núm. 352-2014- 00003375-1).

De: Servicio de Protección de Menores.

Contra: Mary Antoinette Donnery

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es como sigue:

Dispongo: Se aprueba la adopción del menor A.A.M.D., nacido en Fuengirola el 24.9.2014, inscrito al Tomo 00171, Folio 251, de la Sección Primera del Registro Civil de Fuengirola (expte. Protección menor núm. 352-2014-00003375-1), por las personas propuestas por la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Málaga de la Junta de Andalucía, debiendo figurar en lo sucesivo el menor con los primeros apellidos de los adoptantes, siendo el primero el apellido paterno y el segundo el materno.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, con las prevenciones previstas en el artículo 39.2 de la Ley 15/15 para con la familia de origen de los menores, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el precitado artículo, suprímase cualquier dato relativo a la familia adoptante en la copia de la precedente resolución que se entregue a los familiares biológicos de la menor, en el momento de la notificación, y, una vez que alcance firmeza la presente resolución, expídase testimonio para su anotación en el Registro Civil, librándose el correspondiente exhorto, archivándose el expediente previa dejación de constancia en el Libro Registro correspondiente.

Para la notificación a la madre biológica, expídase edicto que será insertado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dado su paradero desconocido.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en ambos efectos, en término de veinte días, para ante la Audiencia Provincial de esta capital.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Mary Antoinette Donnery, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, a diez de septiembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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