Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 02/10/2018

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática

Orden de 28 de septiembre de 2018, por la que se designan a las personas que integran el Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.

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La Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía dispone, en su artículo 40, la creación del Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía como órgano colegiado consultivo y de participación, cuya presidencia corresponderá a la persona titular de la Consejería competente en materia de memoria democrática, y que estará compuesto por representantes de la Administración de la Junta de Andalucía, de la asociación de municipios y provincias de ámbito autonómico con mayor implantación en Andalucía, de las entidades memorialistas y de expertos en este ámbito, estableciendo que su composición y régimen de funcionamiento se determinará reglamentariamente.

En su desarrollo, se aprobó el Decreto 93/2018, de 22 de mayo, por el que se crea y regula el Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, disponiendo en su artículo 4.1 que estará integrado por:

- La Presidencia, que corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de memoria democrática.

- Dos Vicepresidencias, la primera que recaerá sobre la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de memoria democrática, y la segunda, que recaerá sobre la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de memoria democrática.

- Una vocalía que recaerá en la persona titular del Instituto de la Memoria Democrática de Andalucía.

- Cinco vocalías representantes de las Consejerías o sus Agencias que tengan atribuidas las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Educación, Salud, Bienes Culturales y Archivos, Medicina Legal y Forense, y Violencia de Género. Serán designados por la persona titular de las Consejerías que ostenten dichas competencias, y deberán ser titulares de centros directivos con rango al menos de Dirección General.

- Una vocalía a propuesta de la asociación de municipios y provincias de ámbito autonómico con mayor implantación en Andalucía.

- Seis vocalías en representación de entidades memorialistas inscritas en el Registro de Entidades de Memoria Democrática de Andalucía.

- Dos vocalías designadas entre profesionales que se distingan en el campo de la recuperación de la memoria democrática de Andalucía.

En orden a dar cumplimiento a lo anterior, las Consejerías de Educación, de Salud, de Justicia e Interior y de Cultura han designado a las personas que integrarán el Consejo en representación de las mismas. Asimismo, consta la propuesta de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias relativa a la persona que integrará el Consejo como representante de la misma.

Por su parte, mediante la Orden del Consejero de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática de 24 de julio de 2018, de convocatoria para la elección de las vocalías que integran el Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía en representación de las entidades memorialistas, se establecieron los requisitos a cumplir por las entidades, el procedimiento, la documentación a aportar y los criterios de selección, resultando las personas designadas mediante la Orden del Consejero de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática de 11 de septiembre de 2018 (BOJA 180, de 17 de septiembre de 2018).

Por último, la disposición transitoria segunda del Decreto 93/2018, de 22 de mayo, establece que, a efectos de lo dispuesto en el artículo 4.1.d) de este Decreto, en tanto se proceda a la creación del Instituto de Memoria Democrática de Andalucía, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, y sea nombrada la persona titular de dicho Instituto, se designará transitoriamente como miembro del Consejo, por la persona titular de la Consejería con competencia en materia de memoria democrática, a la persona titular de algún centro directivo de la misma.

De todo lo anterior se ha emitido informe por parte de la Dirección General de Memoria Democrática sobre lo actuado sobre el particular.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud de las facultades conferidas, así como en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Designar, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Decreto 93/2018, de 22 de mayo, por el que se crea y regula el Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, como vocal del Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces.

Segundo. Hacer constar que por las Consejerías que a continuación se relacionan, se han designado a las personas que se indican como vocales del Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía:

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN.

Titular: Persona titular de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.

Suplente: Persona titular de la Dirección General de Planificación y Centros.

CONSEJERÍA DE SALUD.

Titular: Persona titular de la Dirección General de Investigación y Gestión del Conocimiento.

Suplente: Persona titular de la Subdirección de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento.

CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR.

Titular: Persona titular de la Viceconsejería.

Suplente: Persona titular de la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal.

Titular: Persona titular de la Dirección General de Violencia de Género.

Suplente: Persona titular de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación.

CONSEJERÍA DE CULTURA.

Titular: Persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales y Museos.

Suplente: Persona titular de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro.

Tercero. Designar a propuesta de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, a las personas que se indican como vocales del Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía a:

Titular: Teresa Muela Tudela.

Suplente: Sofía Méndez Groiss.

Cuarto. Designar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.g) párrafo 2.º del Decreto 93/2018, de 22 de mayo, por el que se crea y regula el Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, como vocales del Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, por un periodo de tres años, pudiendo ser reelegidas por una sola vez consecutivamente, a:

Titular: Diego Caro Cancela.

Titular: Encarnación Lemus López.

Sevilla, 28 de septiembre de 2018

MANUEL JIMÉNEZ BARRIOS

Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de la Presidencia,
Administración Local y Memoria Democrática
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