Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 02/10/2018

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 21 de septiembre de 2018, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social con sede en Sevilla, dimanante de autos núm. 12/2015.

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NIG: 4109134S20150000024.

Negociado: YA.

Recurso: Despidos colectivos 12/2015.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla.

Hace saber: Que en el procedimiento de Despido Colectivo núm. 12/2015 seguido en única instancia en esta Sala, se ha dictado Auto con fecha 20.9.18, acordando despachar ejecución del Auto dictado por esta Sala que acordó la homologación del convenio transaccional entre las partes.

Del contenido del Auto el interesado podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, en el plazo de cinco días hábiles, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Y para que conste y sirva de cédula de notificación y emplazamiento a comunidad de bienes Herederos de Miguel Sánchez C.B. y partícipes de la misma: doña Manuela Fernández Infante, don Alfonso Manuel, doña María Mirian, doña María Esther, doña Susana y don Miguel Ángel Sánchez Fernández, cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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