Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 02/10/2018

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Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad

Resolución de 10 de septiembre de 2018, de la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización ambiental unificada y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 2443/2018).

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Visto el expediente AT-12226/12, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando autorización administrativa previa, autorización ambiental unificada y autorización administrativa de construcción para una instalación eléctrica de alta tensión ­en el que consta como:

Peticionario: Parque Eólico Barroso, S.L.

Domicilio: Plaza Gabriel Lodares, 4, entreplanta. Albacete.

Emplazamiento de la instalación: Jerez de la Frontera. Parajes denominados Aljibe, Almendra, Barroso, Blanquita, Cañas, Casavon, Cuarenta, El Bizcocho, El Sargento Mayor, Espejo, Haza del Puerto, Matajaca, Palmas, San Agustín, Tablas, Viña de Dios.

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera.

Finalidad de la instalación: Línea de Evacuación Parque Eólico «El Barroso».

Habiéndose cumplido los trámites reglamen­tarios de acuerdo con lo establecido en Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para resolver sobre la citadas autorizaciones, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en el Decreto de la Presidenta 12/2015 de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59, de 28.3.2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servi­cio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Conceder autorización administrativa previa, autorización ambiental unificada y autorización administrativa de construcción, a Parque Eólico El Barroso, S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales carac­terísticas serán:

Características fundamentales:

Línea eléctrica aérea 66 KV S/C:

- Sistema: Corriente alterna trifásica.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Tensión nominal: 66 kV.

- Origen: Futura SET El Barroso.

- Final: Apoyo entronque de la LAT SET La Rabia – Apoyo entronque de la LAT SET Olivillo - SET Pto. de Santa María.

- Núm. de circuitos: 1.

- Núm. conductores por fase: 1.

- Conductor: LARL-180 (147-AL1/34-A20SA).

- Tipo de conductor de protección: OPGW-48.

- Apoyos: Torres metálicas de celosía.

- Longitud: 4.200 metros.

Coordenadas de los apoyos:

Proyección UTM, Datum ETRS89 Huso 29

Estas Autorizaciones se conceden, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las espe­ciales siguientes:

1.ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto pre­sentado, con las variaciones que en su caso se solici­ten y autoricen.

2.ª El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a par­tir de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3.ª El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la ter­minación de las obras a esta Delegación Provincial a efec­tos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4.ª Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecu­ción del proyecto y en su explotación.

5.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecu­ción, el cumplimiento de los condicionados que han sido esta­blecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la insta­lación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el Informe de la Delegación Territorial en Cadiz de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Parque Eólico El Barroso, S.L., para el proyecto de «Línea aérea 66 kV S/C, SET El Barroso - Apoyo entronque de la L.A.A.T. SET La Rabia - Apoyo entronque de la L.A.A.T. El olivillo – SET Puerto de Santa María», en el término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz). (Expediente: AAU/CA/011/17) de fecha 27.7.2018 cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección: http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do

6.ª Esta resolución quedará sin efecto, si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7.ª La Administración dejará sin efecto la presente resolu­ción en cualquier momento en que observe el incumplimien­to de las con­diciones impuestas en ella.

8.ª En tales supuestos la administración, previo el oportuno ex­pediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se de­riven según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía ad­ministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 10 de septiembre de 2018.- La Delegada, María Gema Pérez Lozano.

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